JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON COMPETENCIA ORDINARIA; CONFORME A RESOLUCIÓN Nº 2013-0006, DEL T.S.J. Mérida, nueve (9) de Julio del año dos mil Trece (2.013).

203º y 154 º
SOLICITANTE: VICTOR AITOR ELCORO VILORIA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V- 11.703.589, domiciliado en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida y civilmente hábil, asistido en este acto por la Abogada en ejercicio IRIS ROSAS CARABALLO, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.823.324, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.548, de este domicilio y jurídicamente hábil.
CAUSANTE: VICTOR ELCORO MENDIETA
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO.
SUH Nº 0046-2013.
CAPÍTULO I
DE LA NARRATIVA
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones (folio 1) y su vuelto, interpuesta por el Ciudadano: VICTOR AITOR ELCORO VILORIA, venezolano, mayor de edad, soltero, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.703.589, de este domicilio y civilmente hábil, actuando con el carácter de hijo del Causante VICTOR ELCORO MENDIETA, asistido en este acto por la Abogada en ejercicio IRIS ROSAS CARABALLO, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.823.324, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.548, de este domicilio y jurídicamente hábil, en virtud de la cual requiere a este Tribunal le declare como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del Causante VICTOR ELCORO MENDIETA, quien falleció en la Parroquia Domingo Peña, Municipio Libertador del Estado Mérida, en fecha veintiuno (21) de Mayo del año dos mil trece (2013). Visto igualmente los recaudos acompañados a la presente solicitud, consistentes en: PRIMERO: Copia fotostática de la cédula de Identidad del Ciudadano: VICTOR AITOR ELCORO VILORIA. (Folio 2). SEGUNDO: Copia fotostática certificada del Acta de Defunción del Ciudadano VICTOR ELCORO MENDIETA, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Domingo Peña, Municipio Libertador del Estado Mérida, inserta bajo el N° 630, correspondiente al mes de mayo del año 2.013. (Folios 3 y 4). TERCERO: Copia fotostática de la cédula de Identidad del Ciudadano: VICTOR ELCORO MENDIETA. (folio 5). CUARTO: Copia certificada de la Partida de Nacimiento del Ciudadano: VICTOR AITOR ELCORO VILORIA, expedida por el Registro Civil Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida e inserta en el folio N° 293, bajo el N° 1.775, del Año 1974. (Folio 6). QUINTO: Copia simple de la Sentencia de Divorcio de los ciudadanos: VICTOR ELCORO MENDIETA y FELINA ELENA VILORIA BRICEÑO, con fecha siete (7) de Junio de 1979, expedida por el Juzgado Superior Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. (Folios 7,8 y 9).

CAPÍTULO II

PARTE MOTIVA

Ahora bien, esta Juzgadora al encontrar que la anterior Solicitud no ha sido objetada en forma alguna, ni ha tenido oposición de ninguna naturaleza, y por cuanto estima suficientes y bastantes en Derecho, las actuaciones y recaudos acompañados, que coinciden entre sí y con las Declaraciones de los testigos evacuados: ORLANDO ANTONIO LACRUZ, RAFAEL ANTONIO RINCON ZERPA y NEMECIO PEÑA, por ante este Despacho, quienes fueron contestes en sus dichos; es por lo que es forzoso para esta juzgadora, acordarle el carácter que alega el solicitante: De Único y Universal Heredero de VICTOR ELCORO MENDIETA. Y ASÍ SE DECLARA.

CAPÍTULO III

PARTE DISPOSITIVA

Por las consideraciones ya expuestas, este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA CON COMPETENCIA ORDINARIA; CONFORME A RESOLUCIÓN N° 2013-0006 DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTES y BASTANTES, las presentes actuaciones para Declararlas con fundamento en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del Derecho que le asiste al Ciudadano VICTOR AITOR ELCORO VILORIA, con el carácter de hijo, como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, del Causante VICTOR ELCORO MENDIETA, dejando a salvo los derechos que pudieran asistirle a terceras personas. DADO, SELLADO Y FIRMADO EN LA SALA DE DESPACHO DE ESTE JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON COMPETENCIA ORDINARIA; CONFORME A RESOLUCIÓN N° 2.013-0006, DE FECHA 20/02/2013 DEL TSJ. En la Ciudad de Mérida, hoy a los nueve (9) días del mes de Julio del año dos mil Trece (2013). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.

LA JUEZ TITULAR,
ABG. IRIA BRACHO DE SUÁREZ

LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. YELITZA SÁNCHEZ C.
En la misma fecha se copió y publicó, siendo las 11:40 de la mañana. Quedando su asiento en el libro diario bajo el Nº (___). Conste.-

LA SECRETARIA TEMPORAL

ABG YELITZA SÁNCHEZ C.


IBdeS/ysc/aq.