REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 10 de Junio del 2012 Años: 202° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: FATIMA MARIA DE LOS ANGELES BRAZ LAINO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.272.843 domiciliada en la Calle 10 con Avenidas 9 y 10 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y GINA MONICA LAINO ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.319.703 y domiciliada en la Calle 10 con Avenidas 10, Barrio Centro Nº de la Casa 10-3 de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano JULIO CESAR PIÑA BECERRA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 12.279.877 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que el solicitante dicen poseer sobre un lote de terreno Municipal, ubicado en la Avenida 10 entre Calles 15 y 16, Comunidad Pozo nuevo de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en un área Total de Terreno de 103,06 Mts2 y un Área de Construcción de 77,44 Mts2, dichas bienhechurías consiste en una (1) casa, construida con paredes de bloques frisados, techos de zinc, piso de cemento pulido, distribuida de las siguiente manera: una (1) sala con una (1) puerta de entrada de hierro y una (1) ventana de aluminio con vidrio, una (1) cocina-comedor con una (1) puerta trasera de hierro, dos (2) habitaciones cada una con ventanas de aluminio y vidrio y un (1) baño, cercadas perimetralmente con paredes de bloques rústicos, con servicios de aguas blancas, electricidad y cloacas y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Omar Calderón en 6,80 ml; SUR: Avenida 10 ( su frente) en 6,40 ml; ESTE: Casa que es o fue de Beatriz Piña en 16,20 ml OESTE: Casa que es o fue de Catalina de Piña en 16,20 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Código Catastral Nº 22 03 01 U01 102 15 13 emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 22 de Marzo 2013. Devuélvase original con sus resultas a las partes interesadas y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 2604/2013.-


El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

Abg. ERLEN MARTINEZ












EB/ EM/jaimeli