REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, 04 de Junio de 2013.
203° y 154°

Nº DE EXPEDIENTE UP11-L-2013-000011
PARTE DEMANDANTE DORIS THAMARA CORDERO


ABOGADOS ASISTENTES
Abgdos. RONALD JOSE RAMIREZ PEÑA y SEGUNDO RAMON RAMIREZ

PARTE DEMANDADA INSTITUTO AUTONOMO DEL DEPORTE DEL ESTADO YARACUY (FUNDEY)

MOTIVO COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.-

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los cuatro (04) días del mes de junio de 2013, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), fecha y hora fijada para la realización de la Prolongación de la Audiencia Preliminar y dar inicio así al proceso de Conciliación y Mediación por ante este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por la ciudadana: DORIS THAMARA CORDERO, quién es venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-7.591.172; debidamente asistida por los abogados: RONALD JOSE RAMIREZ PEÑA Y SEGUNDO RAMON RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V – 15.769.780 y V-5.459.913 e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 123.482 y 30.758; en CONTRA INSTITUTO AUTONOMO DEL DEPORTE DEL ESTADO YARACUY (FUNDEY). Anunciada la Audiencia Preliminar y ordenada como ha sido por el Ciudadano Juez la verificación de la asistencia de las partes, se constato que para este acto se encuentra presente la parte demandada, el INSTITUTO AUTONOMO DEL DEPORTE DEL ESTADO YARACUY (FUNDEY) en la persona de su Apoderada Judicial, abogada MARIANA ESMERALDA GARCIA SUAREZ, titular de la Cedula de Identidad Nº V-17.699.640 e inscrita por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 172.286; representación que consta en autos. Igualmente se constato y se deja constancia de que para este acto se encuentra presente la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO YARACUY, en la persona de su Apoderada Judicial abogada: MARIA JOSE UGUETO ALBARRAN, titular de la Cedula de Identidad Nº V-18.911.777 e inscrita por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 180.854; representación que igualmente consta en autos. También se constato y se deja constancia de que para este acto no se encuentra presente la parte actora o demandante, ciudadana: DORIS THAMARA CORDERO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-7.591.172, quien no concurrió a la realización de la Audiencia Preliminar Prolongada; por si o por medio de Apoderados legalmente constituidos; Incompareciendo en consecuencia a la realización de la Audiencia Preliminar; por lo que de conformidad con lo previsto en el Articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO Y UNA VEZ DEFINITIVAMENTE FIRME ESTA RESOLUCION, ORDENESE EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. PUBLIQUESE; REGISTRESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÒN. Se hacen dos (02) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy siendo las 11:00 a.m. del mismo día; previo pronunciamiento oral de la presente decisión.-
DIOS Y FEDERACION
El Juez Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy,

Abg. DANIEL ALBERTO ROMÁN CONTRERAS

Por FUNDEY

Por la Procuraduría General del Estado Yaracuy


La Secretaria

Abgda. GRECIA KORALIA VERASTEGUI ALVAREZ