REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, BANCARIO Y DEL TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
EXP. Nº: 10.312
PARTES:
DEMANDANTE: ANTONIO RAFAEL BASTARDO PEREZ y OSCAR RUBEN SAAVEDRA BOGARIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.173.447 y 2.792.001 y de este domicilio, procediendo en su carácter de Presidente y Vicepresidente de la Sociedad Mercantil TECNICA DE REPRESENTACIONES INTERNACIONALES COMPAÑÍA ANONIMA, debidamente inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, bajo el Nro. 74, Tomo C, Nro. 13, Folios 436 al 443, de fecha 02/03/1995.
APODERADOS JUDICIALES: DARIO PLAZ LUGO, CAROLINA ORTIZ MARTIN y JESUS MANUEL GONZALEZ MARTINEZ, Abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 8.664, 28.701 y 72.123, respectivamente y de este domicilio.
DEMANDADA: SEGUROS LA PREVISORA, Sociedad mercantil inscrita originalmente en el Registro de Comercio que llevó el Juzgado de Comercio de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal el día 23/03/1924, bajo el Nro. 296.
APODERADOS JUDICIALES: SALVADOR BENAIM AZAGURI, EDUARDO BAEZ INFANTE, LUIS MODESTO GARCIA RAMIREZ, MARIA LUISA PEREZ MACHIN E YSABEL CARRERA MACHADO, Abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 40.086, 9.454, 49.895, 37.094 y 62.091 respectivamente de este domicilio.
CAUSA: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
CAPITULO I
DE LOS HECHOS.
En fecha 15/07/1999, los ciudadanos ANTONIO RAFAEL BASTARDO PEREZ y OSCAR RUBEN SAAVEDRA BOGARIN, en representación de la Compañía Anónima REPRESENTACIONES INTERNACIONALES, interponen demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO en contra de la Sociedad Mercantil SEGUROS LA PREVISORA C.A.
En fecha 23/07/1999, se admitió la demanda ordenando su anotación bajo el número 10.312, según nomenclatura interna de este Tribunal. Se ordenó la citación de la demandada.
En fecha 05/08/1999 el Alguacil de este Tribunal consignó boleta de Citación dirigida a la parte demandada sin firmar.
En fecha 16/09/1999 se ordenó librar boleta de Notificación a la parte demandada conforme a los artículos 14 y 218 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 09/12/1999 la parte demandada debidamente representada por el profesional del derecho EDUARDO BAEZ INFANTE contestó la demanda.
En fecha 13/01/2000 la parte demandada consignó escrito de promoción de pruebas y en fecha 24/01/2000 la parte actora consignó escrito de promoción de pruebas.
En fecha 07/02/2000 se admitieron las pruebas promovidas por ambas partes. Se ordenó oficiar al Comando Regional Nro. 8, Destacamento de Fronteras Nro. 84 e la Guardia Nacional.
En fecha 06/06/2000 la Jueza Provisoria Abg. Yazmin Zapata Silva se abocó al conocimiento de esta causa. Se ordenó la Notificación de las partes.
En fecha 22/06/2000 se ordenó librar boleta de Notificación a la parte demandada.
En fecha 27/07/2000 el Alguacil de este Tribunal consignó boleta de Notificación dirigida a la parte demandada debidamente firmada.
En fecha 23/03/2001 se fijó oportunidad para que las partes presenten sus respectivos escritos de informes.
En fecha 26/04/2001 se ordenó dejar sin efecto el auto de fecha 23/03/2001 y se ordenó ratificar el Oficio de fecha 07/02/2000.
En fecha 21/11/2001 se fijó oportunidad para que las partes presenten sus respectivos escritos de informes.
En fecha 23/04/2002 se fijó el lapso para sentenciar la presente causa.
En fecha 22/10/2003 el Juez Temporal Abg. Edecio Salinas se abocó al conocimiento de la presente causa. Se ordenó la Notificación de la parte demandada.
En fecha 03/12/2003 el Alguacil de este Tribunal consignó boleta de Notificación dirigida a la empresa Seguros La Previsora sin firmar.
En fechas 24/03/2004 y 17/05/2004 se fijaron audiencias con el ciudadano Juez de este Tribunal.
En fecha 07/05/2007 la Jueza Titular Abg. Zurima Fermín Díaz se abocó al conocimiento de la presente causa. Se ordenó la Notificación de la parte demandada.
En fecha 15/05/2007 se fijó audiencia con la ciudadana Jueza de este Juzgado.
En fecha 23/03/2011 la Jueza Provisoria Abg. Marina Ortiz Malavé se abocó al conocimiento de la presente causa. Se ordenó la Notificación de las partes.
En fecha 28/05/2012 el Alguacil de este Juzgado consignó boleta de Notificación dirigida a la empresa Seguros La Previsora C.A., debidamente firmada.
En fecha 30-05-2013 suscrita por el ciudadano ROGER OMAR GONZALEZ GOMEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.334 en su carácter de apoderado de la sociedad mercantil C.N.A DE SEGUROS LA PREVISORA mediante el cual solicita sea declinada la Competencia para ante el Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo de conformidad con el Ordinal 24 del articulo 5 de al Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 259 de la Constitución.
Este Juzgado observa que la presente demanda fue interpuesta en fecha 15-07-1.999 y que la parte solicitante alega que la demandada es una empresa adscrita al Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas según Gaceta Oficial Nº 39.358 de fecha 01-02-2010 por lo tanto en virtud de que el artículo 3 del Código de Procedimiento Civil, establece claramente que “…La jurisdicción y la competencia se determinan conforme a la situación de hecho existente para el momento de la presentación de la demanda, y no tienen efecto respecto de ellas los cambios posteriores de dicha situación, salvo que la ley disponga otra cosa…”, este Juzgado declara que es improcedente lo solicitado.
No obstante, se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República mediante oficio, en virtud de que sobrevino un interés de la República por cuanto la empresa demandada fue adscrita al Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas según decreto Nº 7.187 de fecha 19-01-2.010 y publicado en Gaceta Oficial Nº 39.358 de fecha 01-02-2.010, de conformidad con el artículo 96 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica. Líbrese Oficio.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Ciudad Guayana, a los Diecinueve (19) días del mes de Junio de dos mil Trece (2.013). Años: 203 de la Independencia y 154 de la Federación.
LA JUEZ;
ABG. MARINA ORTIZ MALAVE.
LA SECRETARIA;
ABG. GIOVANNA FERNANDEZ.
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