REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial con Competencia en DVM. Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio
Puerto Ordaz, once de junio de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : FP12-S-2009-001526
ASUNTO : FP12-S-2009-001526
DECRETO DE SOBRESEIMIENTO
CAPÍTULO I
IDENTIFICACIÓN DE LOS SUJETOS PROCESALES Y DE LAS PARTES
Juez Primero de Juicio de Primera Instancia en Funciones de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar de la Extensión Territorial Puerto Ordaz: abogado Gilberto José López Medina.
Fiscala Segunda del Ministerio Público del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar: abogada Katherine Comisso.
Defensora Pública Segunda Especializada en Materia de Delitos sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar de la Extensión Territorial Puerto Ordaz : abogada Zeila Ángel.
Acusado: Héctor Guaifred Sánchez Venega, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.013.018, nacido en fecha 14 de septiembre de 1.986, en Maracay, Estado Aragua, de profesión mecánico, y residenciado en el sector Unare II, bloque 13, piso número 08, apartamento 04, Puerto Ordaz, Estado Bolívar. Teléfono: 0424-9611242.
Víctima: (Se omite el nombre por razones de Ley)
Secretaria de Sala: Abogada Andrea Bompart.
CAPÍTULO II
DESCRIPCIÓN DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN
En fecha 06 de octubre de 2009, el ciudadano Franzo Ramón Tiamo, interpuso una denuncia ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-Delegación Ciudad Guayana, mediante la cual expuso que denunciaba que su hija de nombre (Se omite el nombre por razones de Ley), se encontraba desaparecida desde el día sábado 26-09-2009, donde su esposa Inés Azocar de Tiamo, le informó que supuestamente esta viviendo con un muchacho de nombre Héctor Guaifred Sánchez Venega, de 22 años de edad, que le dicen “El Guía” y están residiendo supuestamente en la casa de él quien vive en el bloque 13, piso 8, apartamento 04, Unare II, sector II, Parroquia Unare. Luego de la denuncia los funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub-Delegación Ciudad Guayana se trasladaron hasta el inmueble señalado por el denunciante siendo recibidos por la ciudadana Yomar Roingelica Sánchez Venega, quien se identifico como hermana del ciudadano solicitado por la comisión, procediendo los mismo a interrogar a esta ciudadana sobre el paradero de su hermano, indicando que el mismo se encontraba en la su habitación, procediendo a hacerle llamado, respondiendo a dicho llamado y apersonándose hasta donde se encontraba la comisión de los funcionarios.
Cabe destacar que en el referido inmueble se encontraban tanto el ciudadano Héctor Guaifred Sánchez Venega, como la víctima (Se omite el nombre por razones de Ley), procediendo los funcionarios a conducir al referido acusado hasta la sede del Cuerpo de Investigaciones, habiéndole impuesto de las circunstancia que motivaron su aprehensión, leyéndole sus derechos y poniéndolo a la orden de la Fiscalía Décima Tercera del Ministerio Público.
Una vez en la sede del Cuerpo de Investigaciones la adolescente emitió su opinión manifestando que se había ido de su casa hacía dos semanas con su novio de nombre Héctor Guaifred Sánchez Venega, de 23 años y desde esa fecha ella estaba viviendo con él, manteniendo una vida sexual activa desde hacia dos meses y medio, asimismo manifiesta que su mamá había ido a hablar con ella y le dijo que no dejara sus estudios.”
Por lo todo lo antes expuesto el Ministerio Público calificó estos hechos como la presunta comisión del delito de de acto carnal con victima especialmente vulnerable, previsto y sancionado en el artículo 44 numeral 1º de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la víctima (Se omite el nombre por razones de Ley).
CAPÍTULO III
DE LOS ANTECEDENTES DEL CASO
Ahora, visto el Certificado de Defunción EV-14, consignado por la Defensora Pública, Zeila Ángel Camacho, donde se puede leer que el ciudadano Héctor Guaifred Sánchez Venega, falleció el día 19 de abril de 2013, a la una de la mañana a causa de herida por arma de fuego en cráneo región temporal, y otras partes del cuerpo, certificado por la patóloga Marlene López de Castro, adscrita a Ciencias Forenses Región Guayana, es por lo que éste Tribunal puede decidir.
CAPÍTULO IV
DE LAS RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO
Ahora bien, observa este Juzgador que efectivamente se encuentra en este asunto de Certificado de Defunción EV-14, del acusado Héctor Guaifred Sánchez Venega, consignado por la Defensora Pública, Zeila Ángel Camacho, donde se puede leer que el ciudadano Héctor Guaifred Sánchez Venega, falleció el día 19 de abril de 2013, a la una de la mañana a causa de herida por arma de fuego en cráneo región temporal, y otras partes del cuerpo, certificado por la patóloga Marlene López de Castro, adscrita a Ciencias Forenses Región Guayana.
Por lo que de conformidad con el artículo 49 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal, que establece la muerte del imputado, como una causal de extinción de ésta, en concordancia con el artículo 300 en su ordinal 3º del Código Ídem, que señala la extinción de la acción penal como una causal de sobreseimiento, y siendo que del Certificado de Defunción EV-14, se puede evidenciar que el acusado Héctor Guaifred Sánchez Venega, murió en fecha 19 de abril de 2013, es por lo que considera este Sentenciador que lo ajustado a derecho es decretar el sobreseimiento de la causa a favor del acusado (hoy difunto) Héctor Guaifred Sánchez Venega, Así lo decreta este Tribunal.
CAPÍTULO V
DE LA DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley decreta el sobreseimiento de la presente causa, a favor del acusado (hoy difunto) Héctor Guaifred Sánchez Venega.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
JUEZ PRIMERO DE JUICIO VCM
ABOGADO GILBERTO JOSÉ LÒPEZ MEDINA
SECRETARIA DE SALA
ABOGADA ANDREA BOMPART