REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, diecinueve de junio de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: UP11-V-2013-000198

DEMANDANTE: ABRAHAN JOSÉ MÚJICA RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.797.423, residenciado en la carretera 34 Norte, fundo El Saman, Municipio Manuel Monge, estado Yaracuy.

PARTE DEMANDADA: SOL YRISMARY MELENDEZ RODRIGUEZ venezolana, adolescente, titular de la cedula de identidad N° 26.325.411, domiciliada en las tapias calle 4 con calle 19 de abril, casa s/n frente a la bodega Mariela, municipio San Felipe estado Yaracuy.

NIÑO: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, asistido por la Defensora Publica Segunda de este estado.

MOTIVO: DETERMINACION DE CUSTODIA.


En fecha 2 de Mayo de 2013, se recibió escrito y demás recaudos anexos relativos al procedimiento de DETERMINACION DE CUSTODIA, presentados por el ciudadano ABRAHAN JOSÉ MÚJICA RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.797.423, residenciado en la carretera 34 Norte, fundo El Saman, Municipio Manuel Monge, estado Yaracuy, en contra de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES venezolana, adolescente, titular de la cedula de identidad N° 26.325.411, domiciliada en las tapias calle 4 con calle 19 de abril, casa s/n frente a la bodega Mariela, municipio San Felipe estado Yaracuy, a favor del niño Manuel José Mújica, quienes se encuentran asistidas por la Defensora Pública Segunda del estado Yaracuy.

Revisadas las actas procesales que conforman a la presente causa, este Juzgador hace las siguientes consideraciones para decidirla:

En fecha 19 de Junio de 2013, siendo la oportunidad fijada para llevar a efecto la audiencia preliminar en su fase de mediación, se constituyó este Juzgado presidido por la jueza abogada ANILEC SILVA CAMACARO, por la secretaria Abg. Katiuska Pérez y el alguacil, ciudadano Ramón Quintero. Se deja constancia de la no presencia de la parte demandante ABRAHAN JOSÉ MÚJICA RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.797.423, residenciado en la carretera 34 Norte, fundo El Saman, Municipio Manuel Monge, estado Yaracuy, ni por si ni por medio de apoderado judicial que la represente. Se deja constancia de la presencia de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES venezolana, adolescente, titular de la cedula de identidad N° 26.325.411, domiciliada en las tapias calle 4 con calle 19 de abril, casa s/n frente a la bodega Mariela, municipio San Felipe estado Yaracuy, quien se encuentra representada por el Abg. REYNALDO GOMEZ, en su condición de Defensor Publico Cuarto de este estado. Visto la incomparecencia de la parte demandante, sin causa justificada el tribunal declara terminado el presente asunto.

Encontrándose la causa para dictar sentencia, esta Juzgadora decide en los siguientes términos:

Ahora bien, al dejar constancia el Tribunal de la inasistencia de la parte demandante, se considera desistido el presente procedimiento. En consecuencia, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE DETERMINACION DE CUSTODIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena el archivo del expediente, devolver los originales de los instrumentos presentados a la parte que los produjo, y dejar copias certificadas de éstos en el mismo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los diecinueve (19) días del mes de Junio de 2013. Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Jueza,
Abg. Anilec Silva Camacaro

La Secretaria

Abg. Katiuska Pérez