ASUNTO: FP02-J-2013-000559
RESOLUCIÓN Nº PJ0822013000273



SENTENCIA INTERLOCUTORIACON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la solicitud de fecha 18-06-2013, suscrita por el Dr. WALFREDO MENDEZ ARAY, en su carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Publico, y el convenimiento realizado por los ciudadanos JOSE EFRAIN SANCHEZ CASTILLO y NINOSKA ISABEL RONDON VELASQUEZ, realizado en fecha 10/06/2013, este Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Circuito Judicial Civil de Ciudad Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, autoriza el Convenimiento realizado, tal como lo dispone el artículo 267 del Código Civil y en consecuencia, HOMOLOGA el convenimiento de OBLIGACION DE MANUTENCION presentado de conformidad con lo previsto en el artículo 518, de la Ley Orgánica para la Protección de Niño, Niñas y Adolescente, concordancia con el artículo 375 ejusdem y ordena procederse como Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada formal. Cúmplase. Déjese constancia en el Libro Diario.

LA JUEZ (01) DE MEDIACION Y SUSTANCIACION


ABG. LOLIMAR GARCIA HURTADO


LA (EL) SECRETARIA (O)


ABG.


LGH/ Shiderlly Inagas.-