ASUNTO: FP02-J-2013-000540
RESOLUCION Nº PJ0832013000698


SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la solicitud de homologación de acuerdo por OBLIGACION DE MANUTENCION y REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de fecha 11-06-2013, suscrita por los ciudadanos: JUAN RAFAEL ROJAS PLAZZOLA y ADRIANA DEL CARMEN LA GRAVE SISO, identificados en autos, debidamente asistidos por el ciudadano HERNAN ESPINOZA, abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 48.635, cuyo escrito cursa en autos a los folios 02, 03 y 04, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen los artículos 375 y 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC, en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. En cuanto al régimen patrimonial, no se pronuncia por cuanto, no es procedente entre marido y mujer, venta, cesión, donación, ni otro contrato alguno de bienes del matrimonio, por lo cual se precia que este disuelto el vinculo conyugal, para que estos puedan disponer por cualquier vía de los bienes de su comunidad de gananciales, a objeto de liquidar y dividir su comunidad de bienes del matrimonio, Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-----------------------------------
EL JUEZ (2º) DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACION

DR. FRANKLIN GRANADILLO PAZ
LA (EL) SECRETARIA (O)



En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.

LA (EL) SECRETARIA (O)