ASUNTO: FP02-V-2013-000104
RESOLUCION: PJ0832013000708.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA QUE DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA.
En horas hábiles del día de hoy 20-06-2013, siendo las diez treinta de la mañana, se constituye de conformidad con lo previsto en el artículo 476 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el ciudadano Juez del TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EXTENSION CIUDAD BOLIVAR, Abogado Franklin Granadillo Paz, y deja constancia de que no comparecieron los ciudadanos: Marcia Vasquez Araya y Ale Blanco Guarisma, titulares de las Cedulas de Identidad Nros:8.892.451 y 8.888.959, a la presente sesion de sustanciación en procedimiento por PARTICION Y LIQUIDACION DE COMUNIDAD CONYUGAL, en tal virtud, visto que no comparecieron ninguna de las partes, a la presente audiencia, este tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 477, de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes y en consecuencia EXTINGUIDA la instancia, advirtiéndole a la demandante que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Se ordena asímismo REVOCAR las MEDIDAS PREVENTIVAS de Prohibición de Enajenar y Gravar y de embargo decretadas en el presente proceso ordenando oficiar lo conducente. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman, siendo las once y veinticuatro de la mañana.----------------------------------------------------------------------------------------------
EL JUEZ (2º) DE MEDIACION Y SUSTANCIACION.
DR. FRANKLIN GRANADILLO PAZ.
LA (EL) SECRETARIA (O).
FGP/fgp.
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