ASUNTO: FP02-J-2013-000426
RESOLUCION Nº PJ0832013000730
SENTENCIA INTERLOCUTORIA:
Declaración de Únicos y Universales Herederos.
Solicitante: Maria Lorenza Abreu.
Beneficiarios: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes)
Abogado: Rómulo Vera.
Vista la solicitud que encabeza las actuaciones que anteceden, los documentos producidos y la justificación promovida y evacuada al efecto, éste Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 517 de la LOPNNA, concordancia con el 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceras personas de igual o mejor derecho, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara como: ÙNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, de la causante: YRIS MELYS ROJAS, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.337.308, fallecido Ab-Intestato, el día 24 de Enero del 2013, a sus hijos de nombre: DEIVIS JOSE DIAZ, YULIMAR ANDREINA, YERWIN JOSE DIAZ y(Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), todos venezolanos, los tres primeros mayores de edad, y el ultimo menos de edad, respectivamente. Cumplidas como han sido las actuaciones de autos, devuélvase en original la documentación a la solicitante y déjese copia certificada del fallo completo. ASI SE DECIDE. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-----------------------------
EL JUEZ (2º) DE MEDIACION Y SUTANCIACION
ABG. FRANKLIN GRANADILLO PAZ
LA (EL) SECRETARIA (O)
ABG.
En esta fecha, se registró y publicó la anterior decisión y se dio cumplimiento a lo ordenado en la misma. CONSTE.
LA (EL) SECRETARIA (O)
ABG.
FGP/Ryna Sano.-
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