REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Juicio de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, cuatro (04) de marzo de dos mil trece (2013)
202º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2011-001050
ASUNTO : FP11-L-2011-001050
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
PARTE ACTORA: Ciudadano JESÚS ALBERTO MARCANO LEÓN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de las cédula de identidad Nº 8.636.659.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: Ciudadanos JOSÉ DE JESÚS DÍAZ Y JOHANNYS DÍAZ, Abogados en ejercicio, de este domicilio, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 49.544 y 138.315.
PARTE ACCIONADA: Sociedad Mercantil CVG ALUMINIO DEL CARONI, S. A (CVG ALCASA), Sociedad Mercantil domiciliada en Ciudad Guayana, Estado Bolívar, originalmente constituida según consta de documento inscrito ante e l Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 16/02/1961, bajo el Nro. 11, Tomo 1-A, cuyo cambio de domicilio, fue inscrito ante el Registro Mercantil Primero del Estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz el 21/07/2004, bajo e l Nro. 16, Tomo 31-A-Pro, siendo la última modificación a sus Estatutos Sociales, la que consta de documento inscrito ente el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar el 16/08/2010, bajo e l Nro. 12, Tomo 63 –A-REGMERPRIBO.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: Ciudadanos LEONARDO ANTONIO FRANCESCHI, RAFAEL GREGORIO SALAZAR BONTE Y MAGALLY GRACIELA FINOL MARTINEZ, Abogados en ejercicio, de este domicilio, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 85.189, 59.495 y 100.636 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL.
En el día hábil de hoy 04 de Marzo de 2013, siendo las 2:00 p m, oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Pública y Oral de Juicio, iniciado el acto el Secretario de Sala dejó expresa constancia que el ciudadano JESÚS ALBERTO MARCANO LEÓN no compareció a la Audiencia de Juicio, ni por sí, ni por medio de representante judicial alguno, solo compareció la ciudadana MAGALLY GRACIELA FINOL MARTINEZ, abogada en ejercicio, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 100.636, en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil CVG ALUMINIO DEL CARONI, S. A (CVG ALCASA), parte accionada, por lo que de conformidad con lo previsto en la sentencia Nro. 009 de fecha 20/01/2012, emanada de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO, caso YUDITH CAROLINA VÁSQUEZ OLIVEROS & BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C. A, este Juzgado Primero de Juicio de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154° y 202°.
Notifíquese a la Procuraduría General de la República, a tenor de lo dispuesto en el artículo 97 del Decreto Con Rango, Valor Y Fuerza De Ley De Reforma Parcial De La Ley Orgánica De La Procuraduría General De La República. Líbrese el Oficio correspondiente.
LA JUEZA PRIMERA DE JUICIO
ABOG. MARIBEL DEL VALLE RIVERO REYES.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONADA.
EL SECRETARIO DE SALA.
ABOG. RONALD GUERRA.
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