REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MECANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
PUERTO ORDAZ, 21 DE MARZO DE 2013
AÑOS: 202º Y 154º
COMPETENCIA CIVIL

Conforme está ordenado por auto de esta misma fecha en el Cuaderno Principal, se acuerda abrir el presente Cuaderno de Medidas, a los fines de proveer sobre las medidas solicitada en el libelo de la demanda, en el juicio de: DIVORCIO, incoado por la ciudadana: MARCELA JOSEFINA TOMEZ, contra el ciudadano: LEON ABDON TINEO GUZMAN.
Vista la solicitud de las medidas de Prohibición de Enajenar y Gravar peticionada por la parte actora en el libelo de la demanda, decide:
PRIMERO: Por lo que respecta a la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el inmueble propiedad de la Comunidad Conyugal, ubicado en la Calle Nº 3, Carrera Odiun, Casa Nº 25, Barrio Primero de Mayo, San Félix Municipio Caroní del Estado Bolívar, el Tribunal se abstiene de proveer la misma por cuanto el mismo no se encuentra debidamente registrado.
SEGUNDO: En cuanto a la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, sobre los tres (3) vehículos automotor propiedad de la comunidad Conyugal, el Tribunal niega la misma toda vez que los documentos no son registrables.
EL JUEZ PROV.,

ABG. JOSE SARACHE MARIN
EL SECRETARIO,


ABG. JHONNY CEDEÑO

En esta misma fecha se libró despacho de embargo y oficio.
EL SECRETARIO,


ABG. JHONNY CEDEÑO
JSM/jc/judith

EXP. N° 43.195-13