Acto conciliatorio
En el día de hoy, cuatro de marzo de dos mil trece, siendo las diez y treinta de la tarde, este Tribunal deja constancia que en cumplimiento a lo acordado en la admisión de la demanda y en virtud de la aplicación de las disposiciones legales conforme al artículo 20 de la Ley del Sistema de Justicia y el articulo 257 del Código de Procedimiento Civil, se éxito a los involucrados a la conciliación. Se encuentran presenten en este acto La parte actora empresa DISTRIBUIDORA CERAMIGRES, C.A. (DISGRECA), representada por los abogados JOSE ALBERTO RAMIREZ Y WILMER GIL JAIME, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el IPSA bajo los Nros.143.616 y 43.752, así mismo se encuentra presente la parte demandada SEGUROS GUAYANA,C.A., representada por el Dr. JUAN ALBERTO CASTRO PALACIOS, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el IPSA bajo el nro.10.631, quienes exponen: Vista la exhortación de este Tribunal a la conciliación, hemos decidido conciliar en este proceso de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y DAÑOS Y PERJUICIOS, y a tal efecto consignamos constante de cuatro (4) folios útiles y un anexo, donde establecemos los términos de esta conciliación, asi mismo pedimos a este Tribunal se homologue la presente conciliación conforme a los artículos 257 y 262 del Código de Procedimiento Civil.- El Tribunal ordena agregar a los autos el escrito donde se establecen los términos de esta conciliación, así mismo el Tribunal procede a verificar las facultades de los apoderados de las partes observando que los mismos están debidamente facultados para este acto, así mismo observa que la conciliación versa sobre derechos disponibles y en consecuencia de ello habiéndose llenado los extremos este Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley HOMOLOGA LA PRESENTE CONCILIACION, PROCEDIENDO COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, ESTABLECIENDO QUE LA PRESENTE CONCILIACION TIENE LOS MISMOS EFECTOS DE LA SENTENCIA DEFINITIVAMENTE FIRME.- Se ordena oficiar a la Superintendencia de seguros notificándole de la presente conciliación remitiéndole copia certificada de la misma así como este acto a los fines de ley.- Las partes solicitan copia certificada de la presente auto y de los anexos presentados, este Tribunal acuerda lo solicitado y ordena expedir dos copias certificadas del presente acto así como de la presente acta conforme a la ley.- Es Todo. Termino, se leyó y conformes firman.-
El Juez Prov.,

ABG. JOSE SARACHE MARIN.
Los Apoderados de la Parte Actora.
El Apoderado de la demanda

El Secretario
Abg. YONNI CEDEÑO
JSM/jc. c.c. Archivo. -