REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO HERES PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
CIUDAD BOLÍVAR, 13 DE MARZO DE 2013
202º Y 154º

RESOLUCION N°: PJ0252013000095
ASUNTO: FP02-S-2013-00007

Visto el escrito de Solicitud de DIVORCIO 185-A de fecha 07 de enero del 2013, presentado por los ciudadanos GENECIO GONZALO PEREIRA y ROSA DE JESUS REQUENA, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nos. 11.724.206 y 10.938.163 ambos de este domicilio, asistidos por la abogada DINA ZAMORA MARTINEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 119.297 de este domicilio, por cuanto de autos se evidencia que el tribunal mediante auto de fecha 21 de febrero del 2013, ordeno a los solicitantes a señalar el lugar del ultimo domicilio conyugal, en un lapso de tres días de despacho siguientes, una vez transcurrido el tiempo establecido por este Tribunal, se constato que los solicitantes no dieron cumplimiento a lo señalado por este Juzgador, requisito éste fundamental para la continuidad del presente procedimiento y estando en la oportunidad procesal para que este juzgador emita el pronunciamiento correspondiente conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil y, en consecuencia este tribunal DESESTIMA la misma. Cúmplase.-
El Juez,

ABOG. ORLANDO TORRES ABACHE
La Secretaria,

ABOG. INOCENCIA LINERO DE CARDENAS.-
OTA/IL/mares.-