REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO HERES PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
CIUDAD BOLÍVAR, 15 DE MARZO DE 2013
202º Y 154º
RESOLUCION Nº: PJ0252013000103
ASUNTO: FP02-S-2013-000077
Visto el escrito de Solicitud de DIVORCIO 185-A de fecha 15 de enero del 2013, presentado por los ciudadanos ELCO VICENTE DA SILVA MARTINEZ y SARA DEL VALLE RONDON MEJIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.041.544 y 12.602.479 ambos de este domicilio, asistidos por el abogado ARNALDO SAMIR CONDE ARAY, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 145.581 de este domicilio, por cuanto de autos se evidencia que el tribunal mediante auto de fecha 27 de febrero del 2013, ordeno a los solicitantes a que señalaran el ultimo domicilio conyugal de los mismo, en virtud de lo solicitado por el Fiscal 7mo del Ministerio Publico en su diligencia de fecha 19 de febrero del 2013, en un lapso de TRES DÍAS DE DESPACHO siguientes, una vez transcurrido el tiempo establecido por este Tribunal, se constato que los solicitantes no dieron cumplimiento a lo señalado por este Juzgado Segundo del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, requisito éste fundamental para la continuidad del presente procedimiento y estando en la oportunidad procesal para que este juzgado emita el pronunciamiento correspondiente conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil y, en consecuencia este tribunal DESESTIMA la misma. Cúmplase.-
El Juez,
ABG. ORLANDO TORRES ABACHE
La Secretaria,
ABG. INOCENCIA LINERO DE CARDENAS.-
OTA/IL/mares.-
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