ASUNTO: FP02-J-2013-000231
RESOLUCION Nº PJ0822013000066

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

Vista la solicitud de homologación de acuerdo por OTORGAMIENTO DEL EJERCICIO DE LA CUSTODIA, tal como consta en el acuerdo de fecha 12 de Marzo de 2013, suscrita por los ciudadanos: ANGEL JOSE IRIARTE BLANCO y JULEIDY EUGENIA MENDOZA CARDOZO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-15.831.747 y 18.534.515, debidamente asistidos por el Dr. WALFREDO MENDEZ ARAY, Fiscal Séptimo del Ministerio Publico del Primer Circuito de la Circunscripción del Estado Bolívar, cuyo escrito cursa en autos al folio 03, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido acuerdo entre las partes tal como lo disponen los artículos 387 de la LOPNNA con 518 ejusdem concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC en consecuencia ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-

LA JUEZ (1º) DE MEDIACIÒN


ABG. GLORIA MONTENEGRO
LA SECRETARIA DE SALA


ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA

GM/CQG/EleniceAbreu.asistente.-