ASUNTO: FP02-J-2013-000139
RESOLUCION Nº PJ0832013000298
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.
Revisadas las actuaciones que conforman el presente expediente, se constata que el ciudadano: Carlos José Infante, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.859.534, no consignó la Autorización del Sindico Procurador Municipal, en su debida oportunidad, requisito indispensable para la continuidad del proceso, en atención al Interés superior del el Niño, de conformidad con los artículos 08, 85 y 177 Parágrafo Segundo letra (A) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente; en consecuencia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara desistida la Solicitud y en consecuencia EXTINGUIDO EL PROCESO, de conformidad con lo previsto en el Artículo 514, de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena la devolución de los documentos originales. Cúmplase y archívese el expediente.-----------------------------------EL JUEZ (2º) DE MEDIACIÓN
ABG. FRANKLIN GRANADILLO PAZ
LA SECRETARIA
ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA
En esta fecha, se registró y publicó la anterior decisión y se dio cumplimiento a lo ordenado en la misma. CONSTE.
LA SECRETARIA
ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA
GM/Daysi Silva.-
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