REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 14 de Mayo del 2013
Años: 202° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ARACELIS HERNANDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.556.747 con domicilio en La Comunidad Ezequiel Zamora de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y MIRIAN DEL CARMEN VALLE, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.594.542, domiciliada en la Comunidad de San Antonio de Peguaima de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana MINERVA LESAYDA BARCO TORREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.593.837 y de este domicilio,y de sus hijos JHOAM MANUEL VARGAS BARCO Y MICHAEL YASMIL VARGAS BARCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 16.111.098 y V- 17.993.580 respectivamente, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó sobre un Lote de Terreno Municipal; que mide DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y OCHO CENTIMETROS ( 286,68 m2) con un área de construcción que mide CIENTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMETROS ( 127,57 m2), Ubicado en la calle 23, esquina avenida 5 de la Comunidad de Peguaima de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, una casa construida con paredes de bloques, techo de acerolit, piso de cemento pulido, distribuida en: Tres cuartos, un baño, una sala, un comedor, una cocina, un porche, un garaje, un tanque de agua, protectores de hierro, portón corredizo de hierro, siete puertas de hierro, cuatro ventanas, árboles frutales tales como: Mangos, aguacates y naranjas cercada totalmente de bloques y con una parte de patio con piso de cemento con sus instalaciones de aguas blancas, aguas servidas e instalaciones eléctricas; y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 5, en 12.90 ml; SUR: Casa y solar que es o fue de Victor Vargas en 14,93 ml; ESTE: Calle 23 su frente en 17,99 ml; OESTE: Casa y solar que es o fue de Tomàs Pineda en 19,29 ml; Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento Nº DC- Au-CE (13-108)-348-2010, Otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 11 de Mayo del año 2010. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 2559/2013.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,
Abg. Erlen Martínez