REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 09 de Mayo de 2013.
Años: 202° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: MARIA CAROLINA PEREZ VIRGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 6.603.406, domiciliada en la Avenida 6, entre calles 20 y 21, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; y, ANA MARILUT MARCHAN ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 7.550.582, domiciliada en la calle 4, Comunidad El Ceibal, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana, YERALDINE DEL VALLE ROJAS PROBASTA, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.048.971, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad del INTi; que mide una superficie de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y UN CENTIMETROS (451,51 Mts2), con un Área de Construcción de TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS (36,00 Mts2), Ubicado en el Callejón Sin Nombre, entre Calle Principal y Callejón Las Casitas, Comunidad El Ceibal, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Un (01) rancho construido con paredes de barro, techo de zinc, piso de cemento rustico, distribuido de la siguiente manera: Una (01) sala – cocina – comedor con una (01) puerta de entrada de hierro, una (01) habitación con una (01) puerta trasera de hierro, cercadas dichas bienhechurías perimetralmente con estantillos de madera viva y muerta a cinco (05) pelos o cintas de alambre de púas, con sus servicios de electricidad, cloacas y aguas blancas; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Antonio Cordero y vía de acceso al Callejón Sin Nombre Su frente 18.80 M; SUR: Via Ferrea, 44.20 M; ESTE: Casa que es o fue de Juan Aparicio, 21.70 M; y OESTE: Casa que es o fue de Antonio Cordero, 21.00 M, Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 U01 119 05 09, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 12 de Abril de 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 2557-2013.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La secretaria,
Abg. Erlen Martínez.-
EBA/EM/Audry.-