REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEPTIMO (7º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLÍVAR. EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
Puerto Ordaz, Lunes trece (13) de Mayo de 2013
202º y 153º

Acta de Audiencia de Prolongación - DESISTIMIENTO

IDENTIFICACIÓN DE LA CAUSA
• EXPEDIENTE: FP11-L-2012-00626
• PARTE DEMANDANTE: ANGEL YANEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.034.374
• APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: ARGENIS RONDON FERMIN, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 25.111;
• PARTE DEMANDADA: INVERSIONES 105, C.A
• APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: OMAR MORALES, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 64.040
• MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA EN EL PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, Lunes trece (13) de Mayo de 2013, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, conforme al contenido del acta que antecede; y anunciada a viva voz a las puertas del tribunal por parte del personal de Alguacilazgo la presente audiencia, se deja expresa constancia de la comparecencia del abogado en ejercicio OMAR MORALES, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 64.040, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada. Asimismo, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, razón por la cual este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; en consecuencia de lo anterior se ordena el ARCHIVO DE LEY de la presente causa.

Asimismo, se deja expresa constancia que en este estado, el Tribunal hace entrega a la representación judicial de la parte demandada del material probatorio aportado en la oportunidad de la instalación de la audiencia preliminar.

Regístrese y Publíquese la presente Decisión y Déjese Copia en el Compilador respectivo.

Dado, Firmado y Sellado en la Sala del Despacho del Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, a los trece (13) días del mes de Mayo del dos mil trece (2013). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.


Abg. Mildred X. Barrera Rios
Jueza 7º de S.M.E. del Trabajo,

La representación judicial de la parte demandada


La Secretaria