REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO HERES
PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLÍVAR
Ciudad Bolívar, 22 de mayo de 2013
203º Y 154º

RESOLUCION Nº: PJ0252013000184
ASUNTO: FP02-S-2013-0001605

Revisadas como han sido las actuaciones en el presente asunto, de las mismas se evidencia que mediante auto de fecha 10 de mayo de 2013, el tribunal dictó despacho saneador a los fines que la solicitante, Dimaira Lisette Landaeta Romero, debidamente identificada en autos, consignara las copias certificadas de las documentales que sustentan como hechos probatorios el derecho que le asiste y, precluido el lapso establecido de tres días de despacho siguientes, se constató que la solicitante no dio cumplimiento a lo señalado por este Juzgado, requisito fundamental para la continuidad del presente procedimiento. En consecuencia, estando en la oportunidad procesal para emitir el pronunciamiento correspondiente, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil, este tribunal DESESTIMA la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana DIMAIRA LISETTE LANDAETA ROMERO. Cúmplase.-
El Juez Provisorio,

ABOG. ORLANDO TORRES ABACHE
La Secretaria Temporal,

ABOG. EMILIA CAMINERO