REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, veintiocho de mayo de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2012-001215
O
PARTE ACTORA: MAR VASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 13.091.116
ASISTENCIA DE LA PARTE ACTORA: ABOG. SIMÓN ANTONIO BLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el nro 93.282.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES BENFELES, C.A Y SOLUCIONES GERENCIALES, C.A, CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A Y RAFAEL CLEMENTE MAXIMO GARCÍA BENFELE titular de la cédula de identidad nro. 5.968.296.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUIDO EN AUTOS..
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.
Por cuanto el día viernes veinticuatro (24) de Mayo del presente año comparecieron por ante este tribunal los ciudadanos OMAR VASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 13.091.116, en su cualidad de demandante en el presente juicio, asistido del abogado en ejercicio SIMON ANTONIO BLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 93.282, quien mediante diligencia suscrita la cual corre inserta al folio 174 de la presente causa manifiesta de manera expresa; “ DESISTO DEL PROCEDIMIENTO en presente demanda , tal como está señalado en los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, extinguiendo solo la instancia, reservándome las acciones posteriores transcurridos los noventa (90) días calendarios.. “ , este Tribunal al respecto considera: A) que el demandante desiste a titulo `personal con asesoría de un profesional del derecho profesional del derecho; b) la parte demandante realiza dicha actuacion con libre arbitrio y conocimiento del acto realizado
Por lo anteriormente expuesto este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con lo establecido en el artículo 130 parágrafo primero, 11 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 263 y ss del Código de Procedimiento Civil declara el homologado el Desistimiento del Procedimiento. Así se decide.
EL JUEZ
SECRETARIA
ABOG. LENIN BRITO.
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