REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 21 de Noviembre del 2013
Años: 203° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: RAFAEL RAMON DORANTE ESCORCHE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.559.833 y domiciliado en la Calle 21 entre avenidas 2 y 3 Comunidad de Peguaima de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y MARIA ELENA TORREALBA , venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.510.741 y domiciliado en la Avenida 4 entre calles 22 y 23 de la Comunidad de Peguaima de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos: MARINA COROMOTO COLMENAREZ PEROZO, MARITZA COROMOTO COMENAREZ PEROZO, JOSE ALBERTO AVENDAÑO COLMENAREZ, YHONNY RAFAEL COLMENAREZ, ROBERTO ANTONIO AVENDAÑO COLMENAREZ, OMAR ORLANDO AVENDAÑO COLMENAREZ, FLORENCIO ANTONIO COLMENAREZ, MIGDALIA BASILICIA COLMENAREZ DE PIÑA Y DE LAIRET CAROLINA COLMENAREZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº. V- 7.502.132, 7.502.135, 7.905.440, 7.916.449, 7.916.450, 8.518.244, 10.371.318, 12.079.809 y 6.603.638 y de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que los solicitantes dice poseer sobre un lote de terreno Municipal, ubicado en la Calle 24 con Avenida 3 Comunidad de Peguaima, Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, que mide una superficie de TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y NUEVE CENTIMETROS ( 394,39 mts2), y con un Área de construcción de CIENTO CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON VEINTIDOS CENTIMETROS ( 148,22 mts2), dicha bienhechuría posee las siguientes características: Una casa de paredes de bloques, techo de zinc galvanizado sobre vigas de 2x2, piso de cemento, puertas, ventanas y protectores metálicos, tres de madera, un portón de metal, distribuida en un porche, cinco cuartos, sala, cocina, comedor, baño, lavadero y garaje, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa y solar que es o fue de Sacarias Almao con 25,33 ml ; SUR: Casa y solar que es o fue de Dinna Reyes con 21,99 ml; ESTE: Calle 24 que es su frente con 17,25 ml; OESTE: Sanjon de Canepe con 15,57 ml; según se evidencia en el INFORME SINDICATURA, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en fecha 09 de Enero de año 2.003. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 2967/2013.-
El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. ERLEN MARTINEZ
Cy.-