REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 08 de Noviembre de 2013.
Años: 203° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: CLAUDIA RAMONA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.510.840, domiciliada en La Comunidad de Palo Grande de la Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; y, LELIS MARCELINO MOGOLLON, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.576.961, domiciliado en la Comunidad Altos del Rio de la Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana: LUISA COROMOTO CAMACHO ESCALONA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.336.243, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad del INTi; que mide una superficie de TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (375.00 Mts2), Ubicado en la Calle Principal entre Calle Las Viviendas y Quebrada Poa Poa, Comunidad Palo Grande, Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Unas vigas de arrastre, cercadas perimetralmente con empalizada construida con estantillos de madera viva y muerta con cuatro (04) cintas o pelos de alambre de púas, con sus servicios de aguas blancas y electricidad; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Petra Escalona, 15.00 M; SUR: Calle Principal Su Frente, 15.00 M; ESTE: Casa que es o fue de Francisco Camacho, 25.00 M; y OESTE: Casa que es o fue de Petra Escalona, 25.00 M, Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 02 R01 105 09 15, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 22 de Mayo de 2.012. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 2924-2013.-
El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

EBA/EM/Audry.- Abg. Erlen Martínez.