REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
SEDE CIUDAD BOLÍVAR
Ciudad Bolívar, 27 de Noviembre del 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: FP02-L-2011-000308
PARTE ACTORA: Ciudadanos RICARDO GÓMEZ, WILFREDO PÁEZ, JESUS DEL CARMEN MORENO, RAFAEL ARCANGEL ROJAS, EVENLY SEQUEA, PEDRO CASTILLO, EUSEBIO FEBRES, EDUARDO AGUIRRE, JESUS GONZALEZ, ORLANDO SILVA, SIXTO SALAZAR, EMILIO BRITO, ANIBAL RODRÌGUEZ, JOSÈ GONZÀLEZ, CARLOS BAENA, HECTOR RONDÒNLEOBALSDO RONDÒN Y JOSÈ TORRES, quienes son venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, plenamente identificados en las actas que conforman el presente expediente.-
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: YARISMILDY PACHECO, Abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 111.050.
PARTE DEMANDADA: CONSORCIO OIV TOCOMA.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: Abogada VILMA VARGAS, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nro. 62.219.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES.
Visto y analizado el escrito de Transacción suscrito por las partes intervinientes, quienes mediante el presente acuerdo transaccional han decidido ponerle fin a este Procedimiento consignado al efecto los comprobantes de pago que dan cuenta sobre la materialización del mismo.
Ahora bien, revisados los términos y condiciones de la transacción y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del demandante, ni normas de orden público, siendo suscrita la transacción de manera voluntaria y sin constreñimiento alguno, este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda su HOMOLOGACIÒN, otorgándole el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, todo ello de conformidad con lo previsto en el numeral 2º del artículo 89, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 19 la Ley Orgánica del Trabajo. Así expresamente se decide.
Se declarará terminada la presente causa y se ordena el archivo judicial del expediente. Así se decide. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada en la sede del Juzgado Primero de Primera Instancia Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar, en fecha Veintisiete (27) de Noviembre del año 2013. Años 203 de la Independencia y 154 de la Federación.
LA JUEZ,
ABG. MARÍA VIRGINIA SIFONTES AVILÉZ
EL SECRETARIO DE SALA,
ABG. LUIS RAMÒN ROJAS REQUENA
En el día de hoy, a los veintisiete (27) días del mes de Noviembre del año 2013, se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.-
EL SECRETARIO DE SALA,
ABG. LUIS RAMÒN ROJAS REQUENA
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