REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MECANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
PUERTO ORDAZ, VEINTIOCHO (28) DE NOVIEMBRE DEL 2013.
AÑOS: 203° Y 154°
COMPETENCIA CIVIL.
Visto el DESISTIMIENTO de la acción del presente juicio de: DIVORCIO, contenido en el escrito de fecha 26 de noviembre del presente año, presentado por la parte demandante, ciudadana: CELIA MARÍA HERNÁNDEZ GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.491.688 y de este domicilio, debidamente asistida por la abogada en ejercicio ELADIA SIMONA RUMION GEROME, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.897.591, e inscrita en el IPSA bajo el Nº 109.402 y de este domicilio, contra el ciudadano: JESÚS RAMÓN GORRIN SANDOBAL, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.877.249 y de este domicilio, parte demandada en el presente proceso; y no siendo contraria a derecho este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 26, 40 ordinal 1ro, 253, 257 de la Constitución Nacional, y el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación, y HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes, y así se decide en nombre de la República y por Autoridad de la Ley.
Publíquese y Regístrese y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. JOSÉ SARACHE MARÍN
EL SECRETARIO,
ABG. JHONNY CEDEÑO
Publicada en el día de su fecha, previo anuncio de ley, siendo las nueve horas y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.).
EL SECRETARIO,
ABG. JHONNY CEDEÑO
JSM/jc/*astrid
EXP. Nº 43.362
|