REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
ASUNTO Nº FP02-V-2013-001028

Visto el escrito de fecha 23 de octubre de 2013 que contiene el CONVENIMIENTO suscrito por los ciudadanos PAUL ALEXANDER BONALDE AFANADOR, CARLOS ARGENIS BONALDE AFANADOR y HECTOR PAUL BONALDE AFANADOR, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. 15.619.101, 15.635.917 y 21.262.102 domiciliados en la Parroquia San Francisco, Jurisdicción del Municipio Bolivariano Angostura del Estado Bolívar, debidamente representado por la profesional del derecho abogado JESUS RAFAEL TOVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 113.948, quien se encuentra facultado para convenir en el presente juicio de ACCION MERO DECLARATIVA DE LA UNION CONCUBINARIA interpuesto por ROSA NICOLASA NUÑEZ FERMIN, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de Identidad Nº 10.928.134 de este domicilio, los cuales señalaron:

1.- Que reconocen que la ciudadana ROSA NICOLASA NUÑEZ FERMIN mantuvo una unión concubinaria junto al difunto ciudadano PAUL BONALDE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 8.867.042.

2.- Reconocen como cierto todo y cada una de los hechos alegados en el escrito libelar.

Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y en atención al pedimento contenido en el referido convenimiento y de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el acto y procede, en consecuencia, a homologar el convenimiento como en efecto lo hace, como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.

Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión en el Tribunal.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Audiencia de este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Ciudad Bolívar, al primer día del mes de Noviembre de dos mil trece. Años 203° de la Independencia y 154º de la Federación.-

El Juez,


Abg. Manuel Alfredo Cortés
La Secretaria Temporal,

T.S.U. Lerys Barreto.
RESOLUCION Nº PJ0192013000192
MAC/LB/tgsm.-