REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR

I
En fecha 25 de febrero de 2011, se admitió divorcio intentado por Athilas Augusto Ruiz Armas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.243.384 y este domicilio debidamente asistido por la profesional del derecho Ruth Monagas Caraballo, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A, bajo Nº 50.582 y de este domicilio contra la ciudadana Ivonne Del Pilar Villacrés Padilla.-

Dice el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil que: "TODA INSTANCIA SE EXTINGUE POR EL TRANSCURSO DE UN AÑO SIN HABERSE EJECUTADO NINGUN ACTO DE PROCEDIMIENTO POR LAS PARTES".

I I
Desde el día 14 de diciembre de 2.011, fecha en la que la defensora judicial nombrada se da por notificada mediante diligencia, no consta que se hubiere realizado posteriormente acto alguno de procedimiento para interrumpir la perención de la instancia, la cual se ha producido por el transcurso del tiempo señalado en la disposición legal que se ha trascrito en el encabezamiento de esta decisión.-

Por las razones expuestas este tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara consumada la PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente demanda de divorcio.

Notifíquese de la presente decisión a la parte actora.
Publíquese y Regístrese.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este tribunal, en Ciudad Bolívar, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil trece. Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
El Juez,


Abg. Manuel A. Cortés B.-
La Secretaria,

Abg. Soraya Charbonè.-
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo la una y cuarenta y cinco de la tarde (01:45 p.m.).-
La Secretaria,

Abg. Soraya Charbonè.-
MACB/SCH/Angela.-
ASUNTO: FP02-V-2011-000274
Resolución: Nº PJ0192013000212