REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito - Ciudad Bolívar
Ciudad Bolívar, cinco de noviembre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: FP02-V-2013-001121

Visto el escrito presentado en fecha 21 de octubre de 2013 que contiene el convenimiento hecho por la parte demandada ciudadano Sonny Urin Arcila, debidamente asistido por el profesional del derecho Juan Caraballo, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 75272 y de este domicilio, en el presente juicio por resolución de contrato de compraventa incoado Cruz del Valle Fuenmayor, todos plenamente identificados en autos. El tribunal por cuanto no se trata de materia en la que estén prohibidas las transacciones, en atención a lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el acto y procede a homologar dicho convenimiento hecho por la parte demandada en el acta inserta en el folio treinta y siete (37), en el cual expresa da por anulado el contrato de compraventa que realizó con Cruz del valle Fuenmayor y Hugo Arcila, ya fallecido, documento autenticado por la Notaria Pública Segunda de Ciudad Bolívar, en fecha 20 de diciembre de 2010, bajo el N 27, tomo 318 de los libros de Autenticaciones llevados por la antes dicha notaria, y posteriormente registrado en fecha 26 de junio de 2012, por ante el Registro Público del Municipio Heres del Estado Bolívar, bajo el Nº 2012.888, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el Nº 299.6.3.1.2347 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2012; le imparte su aprobación, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
EL Juez,

Abg. Manuel Alfredo Cortés.
La Secretaria,

Abg. Soraya Charboné.
MAC/SCH/aji
Resolución Nº PJ0192013000197