REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, ocho de noviembre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: FP02-V-2013-000752
Vista la diligencia que contiene el desistimiento del recurso de apelación hecho por la abogada María A. Velásquez Rodríguez en su condición de apoderada de la parte demandada Carmen Teresa Iriarte en el juicio de cumplimiento de contrato incoado por Héctor Javier Quintana Mendoza y Maribel Coromoto Aponte, todos plenamente identificados en autos, el Tribunal, en atención a lo dispuesto en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil y por cuanto la apoderada está facultada para desistir, da por consumado el acto y procede a homologar, como en efecto lo hace, como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Termínese el recurso de apelación Nº FP02-R-2013-000289.
El Juez,
Ab. Manuel Alfredo Cortés B.-
La Secretaria,
Ab. Soraya A. Charboné P.-
MAC/SACHP/tgsm.
Resolución Nº PJ0192013000209
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