REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del 
 
Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar 
 
Ciudad Bolívar, ocho de noviembre de dos mil trece
 
203º y 154º
 
 
ASUNTO: FP02-V-2013-000752
 
 
 
Vista la diligencia que contiene el desistimiento del recurso de apelación hecho por la abogada María A. Velásquez Rodríguez en su condición de apoderada de la parte demandada Carmen Teresa Iriarte en el juicio de cumplimiento de contrato incoado por Héctor Javier Quintana Mendoza y Maribel Coromoto Aponte, todos plenamente identificados en autos, el Tribunal, en atención a lo dispuesto en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil y por cuanto la apoderada está facultada para desistir, da por consumado el acto y procede a homologar, como en efecto lo hace, como  sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-  Termínese el recurso de apelación Nº FP02-R-2013-000289.
 
 
	El Juez,
 
 
         Ab. Manuel Alfredo Cortés B.-
 
				  La Secretaria,
 
 
				  Ab. Soraya A. Charboné P.-
 
	
 
 
MAC/SACHP/tgsm.
 
Resolución Nº PJ0192013000209
 
 
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