REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, CON SEDE EN PUERTO ORDAZ.
Puerto Ordaz, 01 de noviembre de 2013.
203° y 154°
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
DESISTIDO

N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2012-000089.-

PARTE ACTORA: Ciudadanos JOSE JESUS ACOSTA GAMBOA, titular de la Cedula de Identidad Nº 581.490; PEDRO ZAPATA VILLARROEL, titular de la Cedula de Identidad Nº 4.039.844; JOSE BETANCOURT, titular de la Cedula de Identidad Nº 3.439.221; VESTALIA JOSEFINA LEOS DE ORELLAN, titular de la Cedula de Identidad Nº 3.654.284; HECTOR REDHEAD ANTHONY, titular de la Cedula de Identidad Nº 3.899.033; JUVENAL GUZMAN, titular de la Cedula de Identidad Nº 1.621.783; MANUEL ISMAEL MARIN REINA, titular de la Cedula de Identidad Nº 1.386.867; ZORAIDA DEL CARMEN GUEVARA, titular de la Cedula de Identidad Nº 771.151; JESUS PALACIOS RODRIGUEZ, titular de la Cedula de Identidad Nº 772.803; JOSEFINA ALFONZO DE MUJICA, titular de la Cedula de Identidad Nº 1.494.937; MIGUEL ANGEL CORONADO, titular de la Cedula de Identidad Nº 348.951; CARMEN FELICIA TINEO, titular de la Cedula de Identidad Nº 3.669.826, respectivamente.

APODERADOS JUDICIALES: RICARDO COA MARTINEZ y LESME ROJAS, abogados en ejercicio e inscritos en el inpreabogado bajo los N° 33.829 y 125.689, respectivamente.-

PARTE DEMANDADA: sociedad mercantil CVG FERROMINERA ORINOCO, C.A.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA FERNANDA LUZARDO y ORLEDY OJEDA, abogadas, de este domicilio, e inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 107.299 y 94.125, respectivamente.

MOTIVO: AJUSTE DE REMUNERACION DE PENSION.

Hoy, primero (01) de noviembre de 2013, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (09.30 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, previo sorteo publico efectuado el día de hoy y que consta en Acta Nº 145-2013 que se ordena agregar a los autos a los fines legales consiguientes, el tribunal deja constancia que anunciado el acto por intermedio del Alguacil adscrito al Circuito Laboral a las puertas del Juzgado, se deja constancia que la parte actora ciudadanos: Ciudadanos JOSE JESUS ACOSTA GAMBOA, titular de la Cedula de Identidad Nº 581.490; PEDRO ZAPATA VILLARROEL, titular de la Cedula de Identidad Nº 4.039.844; JOSE BETANCOURT, titular de la Cedula de Identidad Nº 3.439.221; VESTALIA JOSEFINA LEOS DE ORELLAN, titular de la Cedula de Identidad Nº 3.654.284; HECTOR REDHEAD ANTHONY, titular de la Cedula de Identidad Nº 3.899.033; JUVENAL GUZMAN, titular de la Cedula de Identidad Nº 1.621.783; MANUEL ISMAEL MARIN REINA, titular de la Cedula de Identidad Nº 1.386.867; ZORAIDA DEL CARMEN GUEVARA, titular de la Cedula de Identidad Nº 771.151; JESUS PALACIOS RODRIGUEZ, titular de la Cedula de Identidad Nº 772.803; JOSEFINA ALFONZO DE MUJICA, titular de la Cedula de Identidad Nº 1.494.937; MIGUEL ANGEL CORONADO, titular de la Cedula de Identidad Nº 348.951; CARMEN FELICIA TINEO, titular de la Cedula de Identidad Nº 3.669.826, respectivamente y de este domicilio, no comparecieron a la audiencia ni por si ni por medio de apoderado judicial y que hicieron acto de presencia a la audiencia las ciudadanas MARIA FERNANDA LUZARDO y ORLEDY OJEDA, abogadas, de este domicilio, e inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 107.299 y 94.125, respectivamente, en su condición de apoderadas de la parte demandada empresa C.V.G FERROMINERA ORINOCO, C.A, tal como consta de instrumento poder que consigna en este acto solicitando su devolución previa certificación en autos.-
En merito de lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
Procédase al archivo judicial del presente expediente hasta tanto sea enviado a la sede del Archivo Judicial del Extinto Consejo de la Judicatura una vez transcurridos los lapsos recursivos a que hubiere lugar.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, el día de hoy primero de noviembre del año dos mil trece.-

LA JUEZA,

Abg. Juana León Urbano.





LA PARTE COMPARECIENTE







LA SECRETARIA


Abg. Maglis Muñoz


Seguidamente se cumplió con lo ordenado.

LA SECRETARIA

Abg. Maglis Muñoz






















FP11-L-2012-000089
JLU