ASUNTO: FP02-J-2013-000642
RESOLUCION: PJ0822013000448.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA DECLARANDOSE DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA
En horas hábiles del día de hoy doce (12) de noviembre 2013, siendo las nueve y treinta de la tarde (09:30 am) se constituye de conformidad con lo previsto en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el ciudadano Juez del TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Abogada LOLIMAR GARCIA HURTADO, y la ciudadana Secretaria CAROLINA QUIJADA. Luego del llamado realizado se deja constancia de que no compareció la ciudadana , venezolana, mayor de edad y titular de la Cedula de Identidad 4.778.493, a la presente sesión de la audiencia preliminar. En tal virtud, visto que no compareció la parte actora, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley considera DESISTIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 514, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y en tal sentido EXTINGUIDA la INSTANCIA, advirtiéndole al actor que no podrá volver a presentar nueva demanda antes de que transcurra un (01) mes, contados a partir de la presente fecha. Déjese constancia en el Libro Diario del Tribunal y archívese el presente expediente. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA (1º) DE MEDIACION Y SUSTANCIACION.
ABOG: LOLIMAR GARCIA HURTADO
LA SECRETARIA DEL CIRCUITO
CAROLINA QUIJADA GUEVARA
|