ASUNTO: FP02-S-2008-004153
Resolución Nº: PJ0822013000444
AUTORIZACION JUDICIAL
Vista la solicitud presentada por el Ciudadano: ARMANDO RAFAEL RON ALVAREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.077.910, actuando en representación de sus hijos (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en el cual solicita Autorización Judicial para gestionar, tramitar y cobrar cantidades de dinero por ante el Ministerio del Poder Popular para la Educación y en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), en virtud de la cuota parte que le corresponde a sus hijos, y vista la opinión favorable del Fiscal Especializado en materia de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial y cumplido el requisito de oír a los adolescentes en referencia, para que expresaran su opinión en relación a la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, AUTORIZA a la ciudadana: COROMOTO DE JESUS PEREZ ARAY, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 8.862.465, según Poder Otorgado por el ciudadano ARMANDO RAFAEL RON ALVAREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.077.910, padre de los adolescentes (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), el cual se encuentra registrado por ante la Notaria Pública Segunda del Municipio Heres del Estado Bolívar, bajo el Nº 14. Tomo 162, para tramitar: Primero: Se autoriza a la ciudadana: COROMOTO DE JESUS PEREZ ARAY, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.862.465, para gestionar ante el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN, los beneficios que les puedan corresponder a los adolescentes (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), ya que la madre MARIA MARGARITA PEREZ ARAY, titular de Cédula de Identidad V-8.888.914, laboraba en dicha institución. Segundo: Se autoriza a la ciudadana: COROMOTO DE JESUS PERES ARAY, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.862.465, para gestionar ante el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS), por concepto de Pensión de Sobreviviente que les puedan corresponder a los adolescentes (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), ya que la madre MARIA MARGARITA PEREZ ARAY, titular de Cédula de Identidad V-8.888.914, laboraba en el Ministerio del Poder Popular para la Educación. Asimismo, se ordena oficiar al Banco Bicentenario, solicitando la apertura de una Cuenta de Ahorros, a nombre de la ciudadana COROMOTO DE JESUS PEREZ ARAY, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.862.465, a los fines de que depositen las sumas de dinero que le puedan corresponder a los adolescentes (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). Expídase por Secretaria copias Certificadas. Déjese constancia en el Libro Diario.-
LA JUE (1º) DE MEDIACION Y SUSTANCIACION
ABG. LOLIMAR GARCIA HURTADO
LA SECRETARIA
ABG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA.
LGH/CQG/Daysi Silva.-
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