ASUNTO: FP02-J-2013-001006
RESOLUCION Nº PJ0832013001209
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Vista la solicitud de homologación de acuerdo por OBLIGACION DE MANUTENCION y REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, de fecha 16-10-2013, Suscrita por los ciudadanos: ALBERT RAFAEL CEDEÑO HERNANDEZ y MARBELLA DE LOS ANGELES BRIGG AFANADOR, titulares de la cedula de identidad Nº 20.557.132 y 25.914.385, identificados en autos, debidamente asistidos por la Dra. YAJAIRA GIANNASTTASIO, en su carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Publico, cuyo escrito cursa en autos al folio 4 al 7, este Juzgado de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes extensión Ciudad Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido Convenio entre las partes tal como lo disponen el artículo 375 y 387 de la LOPNNA con el articulo 518 ejusdem, en concordancia con los artículos 263 y 363 del CPC, ordena proceder como si se tratara de Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada con plena fuerza ejecutiva. Así se decide. Cúmplase. Déjese copia certificada y entréguese un ejemplar a cada una de las partes. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-
El (a) Juez(a)
Abg. Franklin Granadillo Paz.
El (a) Secretario (a)
En esta fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.
El (a) Secretario (a)
FGP/Virginia Romero
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