REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 19 de noviembre de 2013
203º y 154º
Expediente Nro. 08733
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: NISA KATHIUSKA MALDONADO CAPATAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.777.803.
DEMANDADO: ASDRUBAL EBERTO LEO PEÑA, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-8.044.642.
MOTIVO: FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, martes 19/11/2013, presentes los ciudadanos NISA KATHIUSKA MALDONADO CAPATAZ y ASDRUBAL EBERTO LEO PEÑA, llegaron al presente convenimiento relacionado con la fijación de la obligación de manutención en beneficio de los adolescentes OMITIR NOMBRES, de 14 y 13 años de edad, en los siguientes términos: El ciudadano ASDRUBAL EBERTO LEO PEÑA expone: “Actualmente mi hijo OMITIR NOMBRES está bajo mi responsabilidad desde el mes de julio, yo cubro todos los gastos que por obligación de manutención se generan, por lo tanto solicito que se fijen de forma equitativa las cargas económicas que se generan con respecto a nuestros hijos.” Siendo esto así el Tribunal evidencia que las partes han manifestado repartirse de forma equitativa la obligación de manutención, por lo que el progenitor ciudadano ASDRUBAL EBERTO LEO PEÑA, ASUME LA RESPONSABILIDAD ECONÓMICA DE SU HIJO OMITIR NOMBRES, lo cual comprende todo lo relativo a sus sustento, vestido, habitación, educación, asistencia médica, recreación, deportes que el adolescente requiera. La ciudadana NISA KATIUSKA MALDONADO CAPATAZ, asume la obligación de manutención de forma total, de la adolescente OMITIR NOMBRES, de 12 años de edad, lo cual comprende vestido, habitación, educación, deporte y recreación, asistencia médica que requiera la niña. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos NISA KATHIUSKA MALDONADO CAPATAZ y ASDRUBAL EBERTO LEO PEÑA, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE. ----------------------------------------

LA JUEZ

ABOG. DOANA RIVERA HERRERA

EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. PABLO ALARCON SANCHEZ

DRH/wasc