REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 14 de Octubre de 2013.
Años: 203° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ELIGIO ANTONIO LAGUNA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad Nro. V-2.374.874, domiciliado en la Calle Caja de Agua, Casa Nº 259, Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; y, ADEMIS ALBERTO CUICA CASTRO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad Nro. V-6.701.940, domiciliado en la Calle Caja de Agua, Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del Ciudadano: WILLGERG DOMINGO DOMINGUEZ GALINDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.612.007, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que el solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad Municipal; que mide una superficie de DOSCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SEIS CENTIMETROS (290.46 Mts2), con un Área de Construcción de SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y OCHO (62.98 Mts2), Ubicado en la Avenida Miranda entre Vía Campo Elías y Calle Principal La Carretera, Parroquia Campo Elías, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa en construcción, con paredes de bloque sin frisar, techo de zinc, piso de cemento pulido, distribuida de la siguiente manera: Una (01) sala – comedor, con una (01) puerta de hierro y bloques de ventilación, una (01) habitación con una (01) ventana con protector de hierro con una (01) puerta de hierro, un (01) baño interno con una (01) puerta de salida de hierro forjado, cercada perimetralmente con estantillos de madera viva y muerta con tres (03) cintas o pelos de alambre de púas, con sus servicios de aguas blancas y electricidad; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Julia Salazar, 3.80 M; SUR: Avenida Miranda Su Frente, 14.50 M; ESTE: Casa que es o fue de Aristides Carvette, 30.30 M; y OESTE: Casa que es o fue de Eutrocina Liscano, 30.30 M, Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 02 R2 103 01 11, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 12 de Junio de 2013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 2819-2013.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
Abg. Erlen Martínez.-
EBA/EM/Audry.-