REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa: 16 de Octubre de 2013.
Años: 203° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: RAIZA KARINA REA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad Nro. V-19.835.648, domiciliada en la Comunidad de El Ceibal, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; y, MAYRA MARISELA MENDOZA SUAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad Nro. V-18.439.727, domiciliada en la Comunidad de El Ceibal, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana: YENCY DAYANA MACHADO PEREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.541.174, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad del INTi; que mide una superficie de CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS (180.00 Mts2), con un Área de Construcción de VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (24.00 Mts2), Ubicado en la Calle 8 Esquina Calle Rufino Suarez, Comunidad El Ceibal, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa, construida con paredes de barro y bahareque, techo de zinc, piso de cemento pulido, con una (01) puerta de madera de entrada y salida; distribuida de la siguiente manera: Una (01) sala cocina comedor y una (01) habitación, con un (01) baño externo construido con paredes de bloques y techo de zinc, cercada con estantillos de madera viva y muerta con tres (03) cintas o pelos de alambre de púas, con sus servicios de electricidad, cloacas y aguas blancas; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y Solar que es o fue de Flia. Mendoza 15.00 M; SUR: Calle Rufino Suarez, 15.00 M; ESTE: Casa que es o fue de Onaida Pérez, 12.00 M; y OESTE: Calle 3 Su Frente, 12.00 M, Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 U01 119 19 07, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 17 de Julio de 2.013. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 2824-2013.-

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

Abg. Erlen Martínez.


EBA/EM/Audry.-