REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.


Chivacoa: 03 de Octubre de 2013.
Años: 203° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: JUANA MARIA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad Nro. V-7.329.680, domiciliada en Brisas del Sur, Calle 7, de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; y, AURA ROSA TORRELLES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad Nro. V-10.144.531, domiciliada en el Callejón Brisas del Sur, de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE MEJORAS, realizadas por el Ciudadano PEDRO AGUIAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.256.326, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías existente, estas bienhechurías fueron declaradas Titulo Supletorio a mi favor por ante el Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 15 de Octubre de 2010, bajo el Nro. 1060/201, escritura registrada posteriormente en fecha 02 de Noviembre de 2010, inscrita bajo el Nro. 42, folio 202, Tomo 9, Protocolo de Transcripción del mismo año por ante la Oficina de Registro Publico del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, dichas mejoras consisten en la eliminación del anexo de paredes de bambú con techo de laminas de zinc galvanizadas y piso de cemento gris con dos (02) divisiones; el salón comercial con puerta y protector de metal con puerta de hierro en el fondo, lo construyo y arreglo con frisos generales y con dotación de una (01) ventana de hierro para ser utilizado para vivienda, de igual forma construyo una (01) sala de baño y un (01) salón para cocina con bloques de concreto y piso de cemento gris; la referida construcción se encuentra en un lote de terreno Municipal que mide TRESCIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS CON SETENTA Y DOS CENTIMETROS (330.72 M2) y su área de construcción siendo sus linderos son los siguientes: NORTE: Casa de Alejandro Molinari, 6.30 M; SUR: Avenida 3 Su Frente, 9.10 M; ESTE: Casa de Efigenio Vargas, 16.90/6.00/8.70/3.80/0.50 M; y OESTE: Casa de Familia Fernández, 22.00/0.50/4.70/9.30/0.50 M, Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 U01 101 33 18, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 09 de Agosto de 2010. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 2770-2013.-
El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

La Secretaria,

Abg. Erlen Martínez.-

EBA/EM/Audry.-