REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 31 de Octubre del 2013
Años: 203° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos YUSBERY DIAZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.283.070 con domicilio en la Comunidad de Palo Grande Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y ROSA VEITIA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.365.730, domiciliada en la Comunidad de Palo Grande, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana MARIBEL ORDOÑEZ SANCHEZ , Venezolana, Titular de la cedula de identidad Nro V- 17.319.416; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó en un Lote de Terreno Propiedad del Instituto Nacional de Tierras (Inti); que mide TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS ( 375,00 mts2), con un área de construcción de CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (49,00 Mts2), Ubicada en el Callejón Inocencia entre Campo Deportivo y Terrenos Agrícolas de la comunidad de Palo Grande, Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, consistente de una casa de una sola pieza, construida con paredes de barro, techo de zinc, piso de Cemento Pulido, con una puerta delantera de hierro, cercada perimetralmente con empalizada de estantillos de madera viva y muerta a cuatro pelos de alambres de púas, con sus servicios de aguas blancas y electricidad; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Callejón Inocencia su frente en 15.00 ml; SUR: Casa que es o fue de Melecio Ordoñez en 15.00 ml; ESTE: Campo Deportivo en 25.00 ml; OESTE: Casa que es o fue de Florencia Sánchez en 25.00 ml, Según se evidencia de Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-02-R01-105-09-04, Otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 13 de Agosto del año 2013. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 2906/2013.-

El Juez,


Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA La secretaria,


Abg. Erlen Martínez



EBA/EM/klency.-