REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MECANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
PUERTO ORDAZ, DIECISÉIS (16) DE OCTUBRE DEL 2013.
AÑOS: 203 Y 154°
JURISDICCIÓN CIVIL.

De una revisión de las actas procesales del expediente signado con el Nº 41.217-08, relativo al juicio de: ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES DE ABOGADOS, interpuesta por el Abogado en ejercicio JESÚS RAFAEL VARGAR PADUANI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.956.357, e inscrito en el IPSA bajo el Nº 125.778 y de este domicilio, actuando en su propio nombre e interés, contra la ciudadana: ALCIRA PIRELA GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.628.979 y de este domicilio, donde consta en el folio 55, que compareció la parte actora, ciudadano: JESÚS RAFAEL VARGAS PADUANI, en fecha 1º de julio del 2009 desistiendo de la causa; así mismo, se observa por auto de fecha 27/07/2009, que este Tribunal ordenó la notificación de la parte demandada con el fin que manifestara lo que considerara conveniente en relación al desistimiento realizado, en virtud del tiempo transcurrido como no consta manifestación de parte alguna, es por lo que este Despacho Judicial considera pertinente homologar dicho desistimiento y no siendo contraria a derecho el Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación, lo homologa en todas y cada una de sus partes dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y así se decide en nombre de la República y por Autoridad de la Ley.

Publíquese y Regístrese y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ PROVISORIO,

DR. JOSÉ SARACHE MARÍN
EL SECRETARIO,

ABG. JHONNY CEDEÑO
Publicada en el día de su fecha, previo anuncio de ley, siendo las dos horas de la tarde (2:00 p.m.).-
EL SECRETARIO,

ABG. JHONNY CEDEÑO
JSM/jc/*astrid
EXP. N 41.217-08