República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre
Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. Maturín, Veintiséis (26) de Septiembre de Dos Mil Trece (2.013).

203º y 154º

A los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se establece que en el presente juicio intervienen como partes y apoderados las siguientes personas:

SOLICITANTE: NIMIA DEL VALLE BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.502.120 y de este domicilio.

ABOGADO ASISTENTE: DUBER GUARIMAN abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el N° 123.866 y de este domicilio.

ASUNTO: TITULO SUPLETORIO
Sol Nº 0917-13

UNICO
Visto que en fecha Dieciséis (16) de Septiembre de Dos Mil Trece (2.013), este Juzgado, mediante sentencia interlocutoria y conforme a lo establecido el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, ordenó dictar Despacho Saneador, concediéndole a el solicitante un lapso perentorio de Tres (03) días de despacho, a fin que consignase por ante este Juzgado, la solicitud de Inscripción en el Registro Agrario, constancia de Adjudicación de Tierras emitida por el INTI y la constancia del Consejo Comunal y por cuanto vencido con creces el lapso legalmente establecido para ello, son las razones por las cuales este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, procede a Inadmitir la presente solicitud de Título Supletorio, en virtud de lo antes expuesto, se declara Terminada, e igualmente se ordena el Archivo de la presente solicitud.-

Publíquese, Regístrese Y Déjese Copia.


Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. En Maturín, a los Veintiséis (26) de Septiembre de Dos Mil Trece (2.013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Jueza Provisorio,

Abg. Sonia Arasme
La Secretaria Temp.

Abg. Ana Sutil




Sol Nº 0917-13
SA/as/lf