REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MECANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR.
PUERTO ORDAZ, TREINTA (30) DE SEPTIEMBRE DEL 2013.
AÑOS: 203° Y 154°
COMPETENCIA CIVIL.
Por cuanto de la revisión de las presentes actuaciones del juicio de: RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, incoado por: MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL, domiciliado en la ciudad de Caracas, originalmente inscrito en el Registro de Comercio que llevaba el antiguo Juzgado de Comercio del Distrito Federal, el 3 de abril de 1.925, bajo el Nº 123, cuyos actuales estatutos sociales modificados y refundidos en un solo texto constan de asiento inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 5 de noviembre del 2007, bajo el Nº 9, Tomo 175-A-Pro, registro único de información Fiscal (R.I.F.) Nº J-00002961-0, contra el ciudadano: JOSÉ LUIS RINCÓN GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.686.791 y domiciliado en Tumeremo – Estado Bolívar, y definitivamente firme como ha quedado la transacción celebrada por las partes en fecha 13 de octubre del 2.009, y no teniendo otro punto que resolver en la presente causa, y así lo hace constar el Tribunal, se da por terminado el presente juicio. Ordenándose remitir el expediente al Archivo Judicial.-
EL JUEZ PROVISORIO,
DR. JOSÉ SARACHE MARÍN
EL SECRETARIO,
ABG. JHONNY CEDEÑO
JSM/jc/*astrid
EXP. Nº 40.745
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