REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Ciudad Bolívar, 26 de Septiembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO: FP02-V-2013-001084
Resolución Nº: PJ0262013000207
Vista la diligencia que antecede, de fecha 24 de Septiembre de 2013 suscrita por el abogado RACHID RICARDO HASSANI, apoderado judicial del ciudadano OSWALDO DELGADO MUJICA, parte demandante en este juicio, mediante la cual desiste del procedimiento, este Tribunal observa que las partes tienen capacidad para disponer del derecho en litigio; que se trata de materias sobre las cuales no están prohibidas las transacciones y que el apoderado de la actora tiene facultad para desistir, conforme al artículo 154 del Código de Procedimiento Civil, cuestión por la cual, este Tribunal Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACION al desistimiento del procedimiento hecho por la parte actora en el presente juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO interpuesto por el ciudadano OSWALDO DELGADO MUJICA contra del ciudadano LUIS MAGIN RAMIREZ, de conformidad con el artículo 265 ejusdem. Así se decide.
En consecuencia, se declara terminado el procedimiento y se ordena su remisión al archivo judicial. Devuélvanse los documentos originales consignados por la parte actora, previa certificación en autos.
Publíquese y regístrese y déjese copia certificada en este Juzgado.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los veintiséis (26) días del mes de septiembre del año dos mil trece (2013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la federación.
El Juez,
Dr. Noel Aguirre Rojas
La Secretaria,
Abg. Inocencia Linero de Cárdenas
La anterior decisión interlocutoria fue publicada en su misma fecha, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.).
La Secretaria,
Abg. Inocencia Linero de Cárdenas
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