REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, Treinta (30) de Abril de 2014
Años: 203º y 154º

N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2013-000409
PARTE ACTORA: TIBISAY FRANCIS DE VARGAS MACHUCA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.314.950.
REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: YONI DE JESUS GONZALEZ, Abogado inscrito en el I .P.S.A Nro. 99.472.
PARTE DEMANDADA: OPTICA VICENT ORINOKIA C.A.
REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA DEMANDA: No compareció a esta prolongación
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACIÓN LABORAL.

En el día de hoy, Treinta (30) de abril de 2014, oportunidad prevista para la Prolongación de la Audiencia Preliminar en la causa signada con el Nº FP11-L-2013-000409; a la misma comparecen: YONI DE JESUS GONZALEZ, Abogado , inscrito en el IPSA bajo el Nro. 99.472, actuando en representación de TIBISAY FRANCIS DE VARGAS MACHUCA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.949.801 (presente en esta Audiencia). Este Tribunal deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte demandada empresa OPTICA VICENT ORINOKIA C.A, quien no comparece ni por si ni medio de representación judicial y/o estatutaria alguna, información suministrada al Tribunal por el Alguacil DICKSON GARCIA, funcionario anunciante del acto. En tal sentido, evidenciado como ha sido la incomparecencia de la demandada a la prolongación de la Audiencia Preliminar, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÖN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO, DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEl ESTADO BOLIVAR, en acatamiento a lo expresado por el Máximo Tribunal de la República en Sentencia dictada el veinticinco de marzo de dos mil cuatro (25/03/04), caso “SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES CABALLERICEROS; APRENDICES; CAPATACES; SERENOS DE CUADRA; SIMILARES Y CONEXOS DE VENEZUELA”, Procede a incorporar los medios probatorios aportados por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar y ordena la remisión por secretaria al Tribunal de Juicio que correspondiere su conocimiento por distribución, a través de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, una vez que transcurra el termino legal correspondiente. Cúmplase lo ordenado. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman.
EL JUEZ,


ABG. BERNABE PEREZ CASTAÑO


LA PARTE ACCIONANTE

LA SECRETARIA