REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEPTIMO (7º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLÍVAR. EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
Puerto Ordaz, Jueves tres (03) de Abril de 2014
203º y 155º

Acta de Audiencia Preliminar - DESISTIMIENTO


IDENTIFICACIÓN DE LA CAUSA
• EXPEDIENTE: FP11-L-2012-000457
• PARTE DEMANDANTE: ANTONIO OSORIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.222.832
• APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: JOSE DE JESUS DIAZ, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 49.544;
• PARTE DEMANDADA: SIDERURGICA DEL ORINOCO,
• APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA CAROLINA GARCIA CATONI y HADARYS JOSE MATA, inscritas en el I.P.S.A bajo los Nros. 143.659 y 131.607 respectivamente.
• MOTIVO: COBRO DE INDEMNIZACION POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL


En el día de hoy, Jueves (03) de Abril de 2014, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, conforme al contenido del acta que antecede; y anunciada a viva voz a las puertas del tribunal por parte del personal de Alguacilazgo la presente audiencia, se deja expresa constancia de la comparecencia de las abogadas en ejercicio MARIA CAROLINA GARCIA CATONI y HADARYS JOSE MATA, inscritas en el I.P.S.A bajo los Nros. 143.659 y 131.607 respectivamente, en su condición de apoderadas judiciales de la parte demandada. Asimismo, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, razón por la cual este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; en consecuencia de lo anterior se ordena el ARCHIVO DE LEY de la presente causa.


Regístrese y Publíquese la presente Decisión y Déjese Copia en el Compilador respectivo.


Dado, Firmado y Sellado en la Sala del Despacho del Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, a los jueves tres (03) días del mes de Abril del dos mil catorce (2014). Años 203º de la Independencia y 155º de la Federación.




Abg. Mildred X. Barrera Rios
Jueza 7º de S.M.E. del Trabajo,


La representación judicial de la parte demandada


El Secretario