REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO (2º) DE PRIMERA INSTANCIA DE
JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVAR, SEDE CIUDAD BOLIVAR.
AÑOS 204º Y 155º

ASUNTO: FP02-L-2012-000198

PARTE DEMANDANTE: MIGUEL TADEO VAHLIS CRUZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 8.872.173.

APODERADO DEL DEMANDANTE: JOSE MIGUEL RIVERO ARMAS, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el IPSA bajo el Nº: 37.469.

PARTE DEMANDADA: RUTAS AEREAS, C.A. (RUTACA)

APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: SAUL ANDRADE, Abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el Nº: 52.653.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACION ABORAL.

Visto que en fecha Quince (15) de Abril de 2014, las partes a través de sus Apoderados Judiciales manifestaron haber convenido en poner fin a este caso, procediendo a consignar en el Expediente Escrito Transaccional. Dejándose constancia que comparecieron por la empresa demandada RUTAS AEREAS, C.A (RUTACA), el ciudadano SAUL ANDRADE MANTILLA, Abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el Nº: 52.653, en su carácter de apoderado judicial y el ciudadano JOSE MIGUEL RIVERO, actuando en su carácter de representante judicial del ciudadano MIGUEL TADEO VAHLIS CRUZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 8.872.173, parte Actora en este juicio, quienes han sido facultados para poner fin al juicio conforme al mandato conferido, logrando el referido convenio de forma consensual, armónica y objetiva.

Observándose que la parte demandada dio cumplimiento voluntario a la primera parte del compromiso de pago, quedando pendiente la segunda parte tal como lo declaran las partes en el referido escrito Transaccional. Este Tribunal Segundo (2º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara que imparte la HOMOLOGACIÓN, con efectos de Cosa Juzgada a la Transacción Judicial que puso fin a la causa interpuesta por el ciudadano: MIGUEL TADEO VAHLIS CRUZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 8.872.173 contra la empresa demandada RUTAS AEREAS, C.A. (RUTACA), en consecuencia, se ordena el cierre y ARCHIVO DEFINITIVO del presente expediente una conste en autos el pago pendiente. Asimismo, se acuerda la expedición de copias certificadas del presente Asunto y de esta decisión a la parte que la solicitare de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del Artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. De igual manera, una vez conste el pago pendiente para el Seis (06) de Mayo de 2014, se ordena dar por terminado el presente Asunto en el Sistema Automatizado Juris 2000 del mismo e inutilizar todos y cada uno de los folios que lo conforman, a excepción de los originales. Igualmente se ordena remitir al Archivo Judicial, en la oportunidad que este órgano indique en el Cronograma respectivo que al efecto sea remitido a este Juzgado. Así se decide. EXPIDANSE COPIAS CERTIFICADAS. DESE POR TERMINADO EN EL SISTEMA AUTOMATIZADO JURIS 2000. ARCHIVESE. INUTILIZENCE FOLIOS Y REMITASE AL ARCHIVO JUDICIAL EN SU OPORTUNIDAD.
LA JUEZ,


ABG. OLGA VEDE RUIZ

LA SECRETARIA,



ABG. KIRA MARES PEREIRA
Nota: En esta misma fecha, siendo las 9:30 a.m., previo cumplimiento de las formalidades de Ley se dictó y publicó la anterior decisión, archívese copia en el compilador respectivo.-
LA SECRETARIA,


ABG. KIRA MARES PEREIRA
OVR/kmp.-