Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Extensión Ciudad Bolívar.

Ciudad Bolívar, 1º de Abril de 2014
203º y 155º

ASUNTO: FP02-J-2014-000062
RESOLUCION Nº PJ0822014000239

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Vista la anterior solicitud de Únicos y Universales Herederos y sus anexos, presentada en fecha 21 de Enero de 2014, por los ciudadanos HAIDEE JOSEFINA SAMBRANO PÉREZ, ANDRÉS JESÚS VILLALBA MEDINA, KIRALIN DE NAZARETH VILLALBA TORRES y LEOMEL VICENTE VILLALBA TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-16.545.072, V-15.971.515, V-18.478.425 y V-21.008.047 respectivamente, la primera, quien actúa en su propio nombre y en representación de sus hijos, (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de ocho (08) y cuatro (04) años de edad respectivamente.

Este Tribunal procede a pronunciarse previa las consideraciones siguientes:

Del escrito de la solicitud presentada se desprende que en fecha 29 de Diciembre de 2013 falleció AB INTESTATO el ciudadano: ANDRÉS VICENTE VILLALBA, quien era venezolano mayor de edad, Cédula de Identidad Nº V-5.555.661 a consecuencia de PARO CARDIO RESPIRATORIO, HIPERTENSIÓN ENDOCRANEANA, LOE HEMISFERIO DERECHO, tal y como se evidencia de la Copia Certificada del Acta de Defunción expedida por ante Registrador Civil del Municipio Autónomo Heres del Estado Bolívar, que corre inserta bajo el Acta Nº 2304, Tomo D, al folio 304, del Libro 6 Registros Civil llevados por ese Despacho durante el año 2013. Solicita se le nombre como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos: ANDRÉS JESÚS VILLALBA MEDINA, KIRALIN DE NAZARETH VILLALBA TORRES, LEOMEL VICENTE VILLALBA TORRES Y (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en su condición de hijos del prenombrado De Cujus.

Ahora bien analizada la Copia Certificada del Acta de Defunción del De Cujus: ANDRÉS VICENTE VILLALBA, que riela al folio cuatro (04), así como las Copias certificadas de las Partidas de Nacimiento de los ciudadanos: ANDRÉS JESÚS VILLALBA MEDINA, KIRALIN DE NAZARETH VILLALBA TORRES, LEOMEL VICENTE VILLALBA TORRES Y JEFFERSON ANDRÉS VILLALBA SAMBRANO y DANIEL ANDRÉS VILLALBA SAMBRANO, los cuales demuestran a este Tribunal el vinculo alegado, es decir, de hijos con respecto al De Cujus ANDRÉS VICENTE VILLALBA.

Asimismo en fecha 11 de Febrero de 2014 fueron evacuados los testigos promovidos por la parte interesada todo de Conformidad con el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.

En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Extensión Ciudad Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual a mejor derechos y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus: ANDRÉS VICENTE VILLALBA, a los ciudadanos: ANDRÉS JESÚS VILLALBA MEDINA, KIRALIN DE NAZARETH VILLALBA TORRES, LEOMEL VICENTE VILLALBA TORRES y a los niños JEFFERSON ANDRÉS VILLALBA SAMBRANO y DANIEL ANDRÉS VILLALBA SAMBRANO, en su condición de hijos con respecto al referido De Cujus. ASI SE DECIDE EXPRESAMENTE.

Expídase por secretaria de Conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, copias certificadas de todas las actuaciones de la presente solicitud y así mismo, previa su certificación en autos, se ordena devolver a los solicitantes los originales consignados en la solicitud.

PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA DECISIÓN.




ABG. LOLIMAR GARCIA HURTADO
Jueza Titular del Tribunal Primero de Primera Instancia
de Mediación y Sustanciación y Régimen Procesal Transitorio
del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar




ABG. CAROLINA QUIJADA
Secretaria de Sala

Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.


ABG. CAROLINA QUIJADA
Secretaria de Sala
LGH/dt.-