Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar

Ciudad Bolívar, 1 de Abril de 2014
203º y 155º
ASUNTO : FP02-J-2014-000100
RESOLUCION Nº PJ0832014000241

SENTENCIA INTERLOCUTORIA:

Declaración de Únicos y Universales Herederos.

Solicitante: KEINE CAROLINA SANDOVAL SANCHEZ
Abogado: JOSE ANGEL AUGUSTO FRANCESCHI GUZMAN.
IPSA Nº 146.937.

Vista la solicitud que encabeza las actuaciones que anteceden, los documentos producidos y la justificación promovida y evacuada al efecto, éste Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 517 de la LOPNNA, concordancia con el 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceras personas de igual o mejor derecho, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara como: ÙNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, de la causante: RONNY JOBEL RAUSSEO SUCRE, quien era venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.289.243, fallecido Ab-Intestato, en el Hospital Uyapar, Parroquia Universidad, Municipio Caroni del Estado Bolívar, en día 11 de noviembre del año 2013, a su concubina: KEINE CAROLINA SANDOVAL SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-15.971.191 y a sus hijos de nombres: (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), venezolanos, de doce (12) y nueve (09) año de edad, respectivamente. Cumplidas como han sido las actuaciones de autos, devuélvase en original la documentación a la solicitante y déjese copia certificada del fallo completo. ASI SE DECIDE. Déjese Constancia en el Libro Diario de Actuaciones.-

EL JUEZ (2º) DE MEDIACION y SUSTANCIACION


DR. FRANKLIN GRANADILLO PAZ.
EL (a) SECRETARIO (a)


ABG.
FGP/Eleniceabreu.Asistente.