REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 03 de Abril de 2014
Años: 203° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: EULIS DEL CARMEN PAREDES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-10.368.417, domiciliada en la Comunidad Andrés Bello, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; y, JOSEULI ITAMAR MENDOZA PAREDES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-19.835.835, domiciliada en la Comunidad Andrés Bello, Chivacoa, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de las ciudadanas: NIRIA ZULAY PIÑA DE GIL y ZULIMAR MARGARITA PIÑA DE VARGAS, venezolanas, mayores de edad, casadas, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-11.274.955 y V-6.603.558, respectivamente, ambas de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que las solicitantes fomentaron sobre un Lote de Terreno Municipal; que mide una superficie de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y NUEVE CENTIMETROS (859.69 Mts2), con un Área de Construcción de CIENTO VEINTICUATRO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y OCHO CENTIMETROS (124.48 Mts2) Ubicado en la Calle 24 Entre Callejón Santa Catalina y Vía Agrícola, Comunidad Andrés Bello, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa construida con paredes de bloque frisadas, techo de acerolit, piso de cemento pulido de color rojo, distribuida de la siguiente manera: Un (01) porche, una (01) sala con una (01) puerta de hierro y una (01) ventana de hierro, una (01) cocina con un (01) enrejillado de hierro, un (01) comedor, cuatro (04) habitaciones con (04) puertas de metal, una (01) con una (01) ventana de bloque de ventilación y un (01) baño con una (01) puerta de hierro, cercadas con estantillos de madera viva y muerta y cuatro (04) cintas o pelos de alambre de púas, con sus servicios de electricidad, aguas blancas, cloacas y teléfono; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y Solar que es o fue de Dalia Palencia, 38.90 M; SUR: Casa y Solar que es o fue de Pánfilo Baldallo, 38.90 M; ESTE: Calle 24 Su Frente, 22.10 M; OESTE: Quebrada Canepe, 22.10 M, Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 01 AU 107 01 22, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 22 de Enero de 2014. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 3145-2014.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria Acc.,
AA.- Abg. Maricela Valle.