REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa: 08 de Abril de 2014
Años: 204° y 155°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: MILAGROS NOHELY LOPEZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-20.892.413, domiciliada en Palo Grande, Calle Principal Sector las Viviendas, Municipio Bruzual, Estado Yaracuy; y, JOSE DANIEL TOLEDO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-17.260.768, domiciliado en Palo Grande, Sector las Viviendas, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana: BEATRIZ CAROLINA SUAREZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.575.425, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad Municipal; que mide una superficie de DOSCIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS (204.00 Mts2), con un Área de Construcción de CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS (42.00 Mts2), Ubicado en la Calle Principal Entre Vía Agrícola y Avenida 3, Comunidad Palo Grande, Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, constituida con las siguientes características: Una (01) casa de una (01) sola pieza, construida con paredes de bahareque, techo de zinc, piso de tierra, con una (01) puerta de entrada de madera, cercada perimetralmente con empalizada construida con estantillos de madera viva y muerta con cinco (05) cintas o pelos de alambre de púas, con sus servicios de aguas blancas y electricidad; y, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y Solar de José De La Cruz Ordoñez, 17.00 M; SUR: Casa y Solar de Jorge Ordoñez, 17.00 M; ESTE: Calle Principal Las Viviendas Su Frente, 12.00 M; OESTE: Casa y Solar de la Familia Garcés, 12.00 M, Según se evidencia en Certificado de Empadronamiento Nº 22 03 02 R01 105 11 15, otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 25 de Febrero de 2014. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el Archivo del Tribunal. Se le Asignó el Nº 3157-2014.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,
AA.- Abg. ERLEN MARTINEZ.